Cuando en enero de 2014, hace dos años, se presentó la iniciativa de sancionar el sexting realizando adecuaciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal del estado de Aguascalientes, pensé que era muy osado castigar una práctica privada, sin embargo, al conocer la propuesta entendí que no se buscaba penalizar el “cachondeo”, el sexo y prácticas eróticas mediadas por tecnologías de información y comunicación, sino el acoso. Si bien, la iniciativa es importante y hace frente a una realidad actual, “las cosas por su nombre”, lo que se busca legislar es la sextorsión, porno extorsión o porno violencia, y se requiere evitar eufemismos para realmente prevenir, atender y sancionar.
Hasta hace pocos días se dio a conocer que se aprobó el proyecto de dictamen que resuelve la iniciativa por la cual se reforma y adicionan los artículos 3, 8 y 48 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del estado de Aguascalientes para establecer como delito el sexting. Lo cual fue definido como “difundir o publicar sin consentimiento contenidos en donde la protagonista de las imágenes posa en situaciones erótica o sexual, producidos con o sin autorización, utilizando para ello el teléfono móvil y otro dispositivo tecnológico.”
Aunque se aceptó que se cuenta con registros y denuncias al respecto, es menester reconocer la amplitud de la problemática: la extorsión a través del sexo y el erotismo registrados a través de medios electrónicos y digitales; y el poder amenazar con ello sólo es posible si se consideran estas prácticas como algo vergonzoso y reprochable, como una moneda de cambio para amedrentar.
Si antes una persona podría posar desnuda para que alguien la pintara o se escribían cartas cargadas de erotismo que eran guardadas con recelo en el baúl de los recuerdos, ahora el erotismo y el “sexo” por computadora puede no sólo ser almacenado, sino que también resguardado, copiado, enviado y compartido con infinidad de personas. Sin duda el sexting es un fenómeno que se ha incrementado por un mayor acceso a tecnologías de comunicación, pero no representa un gran problema hasta que se transforma en un elemento clave para la extorsión o la venganza a través del porno, al hacer del sexo y el erotismo un espectáculo de escarnio y coerción.
Aunque podría parecer una simpleza el debatir sobre el término a registrar para las adecuaciones jurídicas, la forma de nombrar las cosas genera todo un contexto de interpretación, imaginarios y maneras de actuar. El sexting es una práctica real y se debe concientizar a las personas sobre ello, para así evitar escenarios de vulnerabilidad, pero el fenómeno de la porno venganza o sextorsión es más profundo, pues engloba relaciones de poder, acoso e imaginarios de lo decoroso.
Es decir, el desnudo es algo que causa vergüenza por lo que puede utilizarse para menoscabar la reputación de una persona, aunque el cuerpo no determine la calidad humana o las capacidades intelectuales, técnicas y sociales de la gente, lo cual se ha utilizado incluso en propaganda política negra. Pero, ¿por qué buscar la erradicación de este perjuicio? Supongamos que una persona es expuesta realizando prácticas eróticas o sexuales, o es amenazada con ello para obtener algún tipo de beneficio; en caso de aprobarse la ley tendría la posibilidad de proceder legalmente a través de una demanda penal, pero ¿qué ocurriría en lo inmediato?, ¿en la escuela, el trabajo, la colonia? Se han conocido casos, en especial de mujeres, que ante esta situación abandonan los estudios, deciden mudarse o terminan perdiendo su empleo, pues el escarnio público es tan apabullante que se prefiere volver al anonimato.
Por ello necesitamos reflexionar y reformar nuestros imaginarios sobre la desnudez, lo erótico y lo sexual, pues aunque sea parte de la vida y hasta se utilice como elemento narrativo en películas, libros y música, representa uno de los mayores tabúes y recursos de extorsión. Aunque exista una ley para castigar la porno venganza o sextorsión, el terror a la exposición puede ser tan grande que simplemente paralice a la víctima para denunciar, para evitar el juicio social que pueda señalar a una persona como promiscua, lasciva e impúdica, por el simple hecho de sentir placer como el resto de los humanos y algunas otras especies animales que tienen sexo por gusto.
Si bien esta iniciativa, en caso de formalizarse, marcaría una pauta en la serie de adecuaciones que se necesitan para asegurar la protección de la población ante las problemáticas que se han fortalecido con nuevos escenarios sociales y tecnológicos, también se requiere el trabajo del sector educativo, la sociedad civil organizada, las instituciones y la ciencia para informar con mayor amplitud sobre medidas de prevención y abonar a transformar los imaginarios que sólo evitan avanzar en la cultura de la denuncia. Por ello, llamemos a las cosas por su nombre, pues minimizar la realidad sólo opaca las oportunidades para el desarrollo.
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