¡¡¡Ya apareció la vacuna contra la diabetes!!! Fue el anuncio sensacionalista que recorrió el país en los titulares de diarios presuntamente prestigiados como Excélsior y otros. Dos fundaciones autonombradas como protectoras de los pacientes diabéticos proponían un manejo a través de hemoderivados autólogos, que no es lo mismo que una vacuna. El impacto, como era de esperarse fue espectacular, tratándose de un padecimiento que afecta a millones y para el cual no se conoce tratamiento definitivo. La Secretaría de Salud reacciona de inmediato y advierte que la información es falsa. Se desconoce a las fundaciones, pero en ningún momento se nos informa sobre las sanciones que recibirán los médicos que tuvieron la desfachatez de poner sus nombres en los desplegados. Como tampoco supimos que pasó con los que vendieron a precios exorbitantes el Agua de Tlacote para el cáncer, o el polvo de Tepezcohuite para la cicatrización y una larga lista de remedios mágicos que se han vendido de manera explosiva gracias a una moda momentánea. ¿Por qué sucede que un producto aparece súbitamente y se difunde a nivel nacional sin ningún control? ¿Por qué es hasta después de que ya ha proliferado el escándalo, cuando la Secretaría de Salud decide intervenir? Pues porque la misma Secretaría lo permite. Aunque realmente de manera oficial no lo permite. La Ley General de Salud para todo el país establece que: La Dirección de Medicina Tradicional y Desarrollo Intercultural de la Secretaría de Salud ha señalado que en México existen alrededor de 120 métodos de medicina alternativa y de éstos sólo cinco (la homeopatía, la acupuntura, la medicina tradicional indígena, la herbolaria y la quiropraxia) han sido validados con un marco legal. En otros apartados de esta misma Dirección se establece que para que un proceso sea reconocido como Medicina Alternativa tiene que demostrar mediante investigación científica reconocida que es benéfico para la salud. Como se puede ver la ley es clara, pero las acciones de los comerciantes siempre se adelantan y venden lo que quieren, sin ninguna base científica hasta que la Secretaría se da cuenta y les para el alto. Sin embargo en Aguascalientes la cosa es diferente, ya que aquí tenemos un artículo dedicado a todas aquellas prácticas que la Ley Federal no reconoce. El apartado a la letra dice: Capítulo XVII de la Medicina Alternativa artículo 226.- Para los efectos de esta ley se entiende por medicina alternativa: homeopatía, medicina naturista, quiropráctica, herbolaria, acupuntura, terapias de sanación, terapia con electroimanes, intercambio iónico, aromaterapia, energía universal, flores de Bach y otros, estando sujetos al control y vigilancia sanitaria y cumplir las disposiciones de esta ley.
Y eso es todo, no dice más. O sea que sólo “se entiende” pero de ninguna manera se regula. Pero con eso es suficiente, los practicantes de estas actividades han tenido con base en este artículo permiso suficiente para proliferar sitios de sanación o curanderismo nada científico. Aun cuando en el último renglón se afirma que estarán sujetos al control y vigilancia. No podrá haber ninguna vigilancia si no están previamente establecidos los reglamentos. Este desafortunado art. 226 fue incluído en el mes de noviembre de 2004 después de haber sido propuesto por la Comisión de Salud que en esa legislatura sí estaba presidida por un diputado médico, aunque poco después la historia local nos demostraría que fue un profesionista que nunca debió haber llegado a ese sitio. De manera que más nos vale estar preparados, así como el petardo de la vacuna antidiabética, nos podrán llegar muchos otros fraudes en materia de salud. Nuestra ley lo permite, al menos en nuestro estado.