Si como pasa en cualquier tipo de evento lúdico, los preparativos al mismo pasan generalmente desapercibidos por los invitados, los cuales centran su atención en calificar el día de la tertulia con base en la existencia o no de contratiempos en su desarrollo y por ende los esfuerzos del anfitrión en la organización normalmente nunca son vistos ni apreciados; lo anteriormente descrito no constituye de ninguna manera una queja del que escribe, sino que sirve de ejemplo en el terreno electoral de lo que sucede en un proceso electoral. Me explico, las autoridades electorales, como organizadores de la fiesta ciudadana que se efectúa el día de la jornada electoral, con meses de anticipación llevan a cabo múltiples actividades tendientes a salvaguardar ciertos principios rectores que a su vez garantizan la autenticidad del voto ciudadano el día de la jornada electoral, las cuales para el electorado generalmente pasan desapercibidas, para dar una idea de dichas actividades podemos mencionar, la recepción y calificación de las plataformas legislativas y electorales, la determinación de los topes de gastos para los partidos políticos, el desarrollo del procedimiento de convocatoria, selección y designación de los organismos electorales (distritales y municipales), la insaculación, notificación y capacitación de los ciudadanos que fungirán como funcionarios de casilla, los recorridos y selección de los lugares a instalarse las mesas directivas de casilla, registro de observadores electorales, la instalación e implementación del programa de resultados preliminares electorales (PREP) y un largo etcétera.
No obstante lo anterior, existe una etapa del proceso electoral que si bien no constituye el clímax del proceso electoral como lo es la jornada electoral, si acapara la mayor parte de la atención del electorado y esta es, la etapa de campañas electorales; las cuales, después de ciertas etapas previas en las que los partidos políticos inician sus procesos internos de selección de candidatos (las llamadas precampañas) así como los aspirantes a candidatos independientes realizan sus actividades de obtención del apoyo ciudadano, se erige como el momento en el cual, todos los partidos políticos se dirigen expresamente al electorado a intentar ganar la simpatía popular a la vez que buscan minimizar las propuestas de los contrincantes. Y es así, como la opinión del electorado se centra en esta etapa fundamental del proceso electoral.
El objetivo de las campañas electorales parece obvio, convencer al electorado de votar por un partido o candidato específico, y ya en terrenos ideales, analizar lo que los contendientes propongan llevar a cabo en caso de que el voto popular les favorezca. De igual manera, pareciera natural suponer que el electorado se interese en conocer qué es lo que piensan los candidatos del contenido de las propuestas de los demás candidatos. En dicho terreno, si de lo que se trata es de construir una representación política de la ciudadanía en la conformación de las autoridades del estado, resulta de vital importancia que las campañas se erijan como espacios abiertos al diálogo y a la crítica, con las menores limitantes posibles. Un lugar donde los ataques, réplicas y contrarréplicas fomenten un sentido objetivo en el razonamiento del voto de los electores, un medio que sirva para brindar herramientas para incentivar o en su caso, fortalecer el voto informado. El resaltar los contrastes en las propuestas de los candidatos dentro de una campaña electoral resulta de la mayor relevancia y con ello es que la campaña electoral encuentra su significado.
Si bien es cierto, las campañas electorales debieran ser terreno libre para la expresión y debate de ideas por parte de los partidos políticos y en especial de los candidatos (incluyendo obviamente a los independientes), en nuestro país dicha etapa se procesó de manera diferente. Desde la reforma constitucional en materia electoral del ya lejano año 2007, se adicionó el artículo 41 de nuestra Carta Magna, en el sentido de establecer que la propaganda política o electoral que difundan los partidos políticos, deberá abstenerse de utilizar expresiones “que denigren a las instituciones y a los propios partidos, o que calumnien a las personas”, disposición a mi parecer excesiva y que fue modificada en la última reforma electoral 2014, eliminando la prohibición respecto a las instituciones y a los partidos políticos y conservando únicamente la relativa a las personas.
Posteriormente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto la invalidez de ciertas legislaciones electorales en algunos estados de la república, que excesivamente prohíben la utilización de frases o alusiones a instituciones, personas o candidatos, prohibiciones todas que atentan al libre ejercicio de la libertad de expresión, la cual debe prevalecer en todos los ámbitos de la vida pública de nuestro país y en materia electoral dicha garantía cobra un singular valor. Así la única restricción válida (según lo determinado por la SCJN en la acción de inconstitucionalidad 64/2015 y acumuladas) lo es respecto a la calumnia, la cual se define como la imputación de hechos falsos o de la comisión de un delito, con el objeto de perjudicar o generar un daño a sabiendas de la falsedad de los hechos. Así las cosas, como podemos observar, nuestro máximo órgano jurisdiccional del país, se ha pronunciado en el sentido de ampliar y potenciar la libertad de expresión en el terreno político electoral, con el objeto de privilegiar el voto informado, los ciudadanos se merecen campañas de calidad, que aumenten en tono y fondo los cuestionamientos respecto a los méritos intelectuales, técnicos y morales de los partidos y los candidatos contendientes, por ello se requiere que las normas electorales sean cada vez más claras y sobre todo más amplias, solo así podrá haber auténticos debates, claridad en las opciones y posibilidades reales de decisión para un electorado cada vez más frustrado, solo así podremos revertir la tendencia de desprestigio de la clase política e institucional de nuestro país.
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