- El STJE reportó 500 solicitudes de divorcio en un mes; la mayoría no son nuevas
- La figura legal entró en vigor el 4 de agosto
Para el presidente del Supremo Tribunal de Justicia (STJE), Juan Manuel Ponce Sánchez, todavía no se puede calcular el impacto del divorcio “exprés” en la sociedad de Aguascalientes.
A partir de las reformas a los códigos Civil y de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes, por mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), entró en vigor la figura del divorcio incausado -sin causa- o exprés, el cual permite anular el vínculo matrimonial en un periodo mínimo de 15 a 22 días.
La modificación que simplifica la separación legal de cónyuges, en marcha desde el pasado 4 de agosto, registra hasta el momento cerca de 500 solicitudes; el mismo periodo del año anterior, antes de que existiera el divorcio por la vía exprés, acumulaba cerca de 200, detalló el magistrado.
A pesar de que pudiera interpretarse que el fenómeno se ubica a la alza, pues comparativamente se han recibido el doble de solicitudes que en el año anterior, Ponce aclaró que gran parte de éstas no son nuevas: “Hay muchos casos en los que el juez había negado el divorcio previamente; además muchos procedimientos ya estaban en trámite pero estancados, entonces fueron desistidos del mismo y ahora lo han instaurado a través de la figura del divorcio incausado”.
“Teníamos personas que habían promovido juicios una y otra vez sin obtener su divorcio, pero que ahora lo encontraron a través de un mecanismo efectivo.”
El titular del Poder Judicial del estado señaló que una vez que concluya el año se estará en condiciones de realizar un balance real que permita definir si efectivamente la aprobación de esta figura por la LXII Legislatura fomentó la tendencia a desvincularse.
Detalló que la edad de las parejas que buscan separarse legalmente oscila entre los 25 y 35 años, con menos de cinco años de casados y un hijo en promedio. Mencionó que son excepcionales los casos en que los divorciantes son mayores de 50 años de edad: “En esos casos el trámite se registró en personas que vivían separadas desde hace muchos años pero no habían pedido formalmente el divorcio”.
El presidente del STJE aclaró que el único requisito que la ley exige para realizar el divorcio incausado es que el matrimonio haya tenido por lo menos un año de duración y que se integre una propuesta de convenio en la que se determine guardia, custodia, convivencia y manutención de los hijos, situación de los bienes cuando están casados por sociedad conyugal, si habrá pensión alimenticia o pedirán compensación por el tiempo que vivieron, entre otros términos. Si todo esto se cumple, el trámite es sencillo: “Ya no se requieren causales. Anteriormente había que explicar al juez por qué se quería divorciar y detallarle si se trataba de violencia, ofensas, actos de adulterio, entre otros”.
Finalmente, refirió que el costo de un divorcio, que no depende del Poder Judicial sino de los abogados que prestan servicios legales, debe ser replanteado, pues este trámite exige mucha menos participación de su parte, por lo que el cobro de sus honorarios debería de reducirse.