Todos los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se manifestaron por corroborar que el Partido del Trabajo no alcanzó el 3 por ciento de la votación válida emitida y que no deberá esperarse a la celebración de las elecciones extraordinarias en Aguascalientes para que se le asignen dichas curules.
Con la asistencia de cinco de los seis magistrados, en sesión pública, la Sala Superior ratificó que en materia electoral no hay efectos suspensivos, por lo que el Consejo General del INE no debe esperar a que se lleve a cabo la elección extraordinaria en el Distrito I para hacer la asignación de diputados plurinomianles, ya que constitucionalmente está previsto que el Congreso de la Unión inicie el periodo de sesiones el 1 de septiembre de este año y las sentencias no tiene efectos suspensivos. De todos modos, dicho partido tendrá seis diputados por representación proporcional.
La Sala Superior subrayó que en este momento no está a debate el cómputo total de la elección ni la cancelación del registro del PT, sino única y exclusivamente su derecho a que le sean asignados o no diputados por el principio de representación proporcional. El Pleno ratificó que la votación válida emitida se integra por los votos a favor de los distintos partidos políticos y candidatos independientes, por lo que sólo se deben deducir los votos nulos y los correspondientes a los candidatos no registrados.
En esta sesión, los magistrados de la Sala Superior concluyeron la resolución de asuntos relacionados con la elección de diputados federales, con esto, dijeron, garantizaron el acceso a la justicia y cumplieron su obligación constitucional de atender todos los medios de impugnación y no dejar un solo justiciable sin ser escuchado.
En su intervención, el magistrado Flavio Galván Rivera, ponente en el asunto, puntualizó que el tema a dilucidar en los medios de impugnación, es el derecho que tiene el Partido del Trabajo para que se le asignen diputados por el principio de representación proporcional.
Aunque el magistrado Salvador Nava Gomar indicó que no estaban “discutiendo en el Tribuna Electoral si el PT conserva o no su registro, nos limitamos al acuerdo del INE Mexico”. Sin embargo, el INE esperaba esta sesión para poder proceder a formalizar quitarle el registro a dicho partido.
Los magistrados insistieron que la votación válida emitida sí debe considerar los sufragios emitidos a favor de los independientes, que si se descontara le daría los más de tres mil votos que necesita para mantener el registro. También declararon infundados los alegatos del PT de que se haya violado la ley al resolver juicios y recursos promovidos de los cómputos a diputados al Congreso de la Unión. Al ser documentación pública, el Partido del Trabajo estaba en aptitud de tomar en cuenta la información contenida para verificar si el cómputo estaba apegado a derecho, señalaron.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la asignación de diputados por el principio de representación proporcional, realizada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) y consideró infundados los recursos de reconsideración presentados por el Partido del Trabajo (PT).