Entra en vigor el reglamento de Observancia Policial de Órdenes de Protección para las Mujeres - LJA Aguascalientes
22/11/2024

  • Deberá establecer mecanismos para cumplir adecuadamente las órdenes de protección
  • Se creará una base de datos de órdenes de protección y de agresores

 

Este lunes fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el reglamento de Observancia Policial en Materia de Órdenes de Protección para las Mujeres del Municipio Aguascalientes, el cual busca establecer los mecanismos para ayudar a las autoridades a que se cumplan las órdenes de protección, de manera que la integridad física y emocional de la mujer quede protegida.

El reglamento fue creado por la Comisión permanente de Igualdad y Género, encabezada por Xóchitl Acenet Casillas Camacho, y aunque su votación dentro del Cabildo se aplazó varios meses, finalmente en la pasada sesión ordinaria de julio fue aprobado por unanimidad.

Señala en su artículo 2 que la aplicación del mismo corresponderá a la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal (SSPMyTM), en coordinación con el Instituto Municipal de la Mujer de Aguascalientes (IMMA). Refiere en el artículo 5 que las órdenes de protección y la observancia policial tienen como objetivo “salvaguardar la integridad física y emocional de las mujeres y demás víctimas indirectas de violencia, diseñando para tales efectos las estrategias de proximidad policial que sean necesarias”.

En su artículo 8 subraya que le corresponde a los elementos de Seguridad Pública del municipio asistir de manera pronta a los llamados en casos de violencia: “con independencia del grupo especial para casos de violencia de género y las órdenes de protección que éste cumplimente, preferentemente por mujeres, para dar debida y cabal protección a las víctimas de violencia”.

En cuanto al trato de las víctimas, en el artículo 19 indica que este deberá ser “sin prejuicios, objetivo y efectivo”, asimismo, en el artículo 13 dispone una serie de medidas que los elementos de seguridad deberán tomar para evaluar el riesgo en que se encuentra la víctima y de la posibilidad de que se cometa en su contra algún otro delito, como: si existen antecedentes de persecución del agresor, si éste cuenta con armas de fuego en casa, si hay amenazas sobre los hijos, si vigila constantemente a la víctima, entre otros.

Se deberá integrar un registro de órdenes de protección de la víctima y demás víctimas indirectas, así como el registro de las personas agresoras, el artículo 17 señala que “esto facilitará el intercambio de información entre las instancias y las acciones a ejercer”. Este reglamento entrará en vigor un día después -es decir, hoy- de su publicación en el Periódico Oficial.

Dentro de los artículos transitorios, en su apartado segundo especifica que dentro de los sesenta días naturales siguientes a la publicación del reglamento, “la Secretaría de Seguridad Pública, en coordinación con el Instituto Municipal de la Mujer de Aguascalientes, presentarán el esquema de las atribuciones y funciones que este ordenamiento les asigna, así como el Protocolo de Perspectiva de Género, al sistema municipal de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia familiar y sexual”.

 



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