Cuando se reformó el artículo primero de nuestra Constitución fue con la finalidad de que quedaran los Derechos Humanos como un derecho constitucional, y no como una garantía en las leyes secundarias; se especificó que el derecho a la privacidad y la confidencialidad sería uno de los derechos tutelados por nuestra carta magna, tal y como se hace en todos los países democráticos, o que se precian de serlo.
Asimismo, se hizo una excepción en materia de seguridad o persecución de delitos, para que sólo un juez, por orden expresa, pudiera ordenar que se intervinieran comunicaciones privadas, especificando cuáles, para que se facultara a la autoridad competente los casos en que por su naturaleza y peligrosidad ameritaran tal medida.
Sin embargo, a través de los medios de comunicación hemos sido testigos de “filtraciones” de llamadas telefónicas o mensajes de texto, o correos de personas, ya con temas políticos o por presuntas comunicaciones, que dan cuenta de posibles hechos delictivos y al ser publicados se origina una presión mediática sobre el asunto, o bien permite que los involucrados se pongan en alerta y se preparen para no ser consignados y castigados por los jueces.
Sin embargo, al ser un delito federal, en ningún caso se ha visto que alguien sea castigado, o que el delito referido sea investigado y se descubra a los autores. Se ha llegado al caso en que dichas intercepciones se utilicen como prueba en averiguaciones y consignaciones, a pesar de ser ilegales.
Pero lo más grave es que se ha descubierto y publicado por declaraciones de los dirigentes de Red en Defensa de los Derechos Digitales, que el Cisen (Centro de Investigación y Seguridad Nacional) y la Secretaría de Gobernación adquirieron equipos de sistemas de vigilancia para intervenir, tanto llamadas telefónicas, de todo tipo, como de computadoras. A la fecha no se sabe si todos estos hechos han sido autorizados por los jueces y para qué tipo de delitos se han hecho las investigaciones. Estos equipos se compraron a una empresa Italiana llamada Hacking Team, junto con un programa llamado Da Vinci, y fue a través de SYM, Servicios Integrales.
Esto no tendría mayor problema o preocupación si sólo se estuviera utilizando bajo la autorización y supervisión de los jueces, pero vemos que muchas de las “filtraciones” que se han dado forzosamente, han tenido que ser hechas con ese tipo de equipos. Se desconoce si algún particular tiene acceso a ellos o permiso para importarlos y usarlos.
Dentro de estas declaraciones, también quedó al descubierto que varios estados, a nombre los gobiernos estatales, han adquirido estos aparatos, entre ellos: Baja California, Durango, Querétaro, Puebla, Campeche, Tamaulipas, Yucatán y Estado de México. También se menciona que la Marina Armada de México, la Policía Federal y la PGR adquirieron estos sistemas.
Con lo anterior ahora debemos preguntarnos: ¿Los Derechos Humanos de todos los mexicanos, los cuales se encuentran tutelados en nuestra Constitución, en qué situación se encuentran? ¿Y quién nos protege de esos sistemas cuando se utilizan de manera ilegal?
Esto merece una investigación a profundidad, y que la autoridad competente nos diga si somos víctimas de esas prácticas ilegales, dejando por lo tanto en letra muerta nuestra Carta Magna.