El 22 de agosto de 2011 la institución bancaria BANAMEX sufrió un problema técnico de Hardware o Software en su sistema de base de datos, lo que provocó errores en los depósitos de los clientes, para lo cual las instituciones Financiera hachan mano de sistemas alternativos llamados (fuera de línea) los cuales al ser operados de manera manual tienden a duplicar operaciones en el proceso de entrada a LINEA. Esta falla refiere que cuando lograron reinstalar su sistema, el control de depósitos y operaciones que estaban en tránsito se vieron afectados ya que no se veían reflejados en los diferentes sistemas de banca electrónica de los clientes de BANAMEX, tanto en sus clientes “persona física” como en los “persona moral. Este error provocó otros problemas administrativos en sus clientes. Cabe señalar que BANAMEX tiene celebrado un contrato mercantil con cada uno de sus clientes, en el que existe una cláusula específica que menciona claramente que cuando llegan a suceder este tipo de depósitos erróneos, el Banco tiene que dar a conocer a su cliente ésta situación inmediatamente a través de un escrito formal que se verá reflejado tanto por correo electrónico como por mensaje en la banca electrónica y por correo certificado; todo ello para darle a conocer los montos y operaciones específicas de dicho error.
Esto no ocurrió con uno de sus clientes, la persona moral HYDROCYS SA de CV. Por parte de BANAMEX nunca se cumplió el contrato pues no dio a conocer el error que esta institución cometió, esto ocasionó que en la administración de la persona moral también sufrieran fallas, con todo y el incumplimiento de contrato por parte de la antes mencionada institución bancaria, estos presentaron un mes después ante el ministerio público de la ciudad de Aguascalientes una demanda de fraude, mal fundamentada y motivada. Luego de la revisión del caso por parte del Juez Sexto de lo penal, el C. Alfredo Quiroz García giró una orden de aprehensión en contra de la persona física Ángel Corona Hernández por el delito de robo calificado, lo que no tiene ningún sentido debido a que fue un error cometido por BANAMEX. Aún con los hechos este servidor público lo convirtió en el delito imputado y acusó a una persona física de un delito, que tendría que ser cubierto por una persona moral y ser clasificado como un delito de enriquecimiento ilícito. El Juez Sexto de lo penal no tuvo ningún elemento de los que componen el robo calificado y aun así giró la orden de aprehensión en contra del C. Ángel Corona Hernández. Éste funcionario fundamento el auto de formal prisión en un Artículo de una regla, que no pertenece a una Ley que haya sido aprobada por el H. Congreso de la Unión; con ello denota el mal trabajo y falta de conocimientos de dicho Juez y, hace que se ponga en duda la justicia en este Estado que se encuentra en manos de personas como el Juez Sexto de lo Penal C. Alfredo Quiroz García.