- Panistas anunciaron propuesta de iniciativa en materia cultural, una adición al artículo 4 de la Constitución estatal
- Aprueba el Congreso local la propuesta de la Cámara de Diputados sobre la ampliación de las causales de nulidad de elección
Con la presencia de más de 200 médicos como público, la LXII Legislatura llevó a cabo una de sus sesiones más cortas del año, teniendo sólo un punto a tratar en la orden del día y que fue aprobado por unanimidad, el cual formó parte de una minuta enviada por la Cámara de Diputados a este estado con la propuesta de reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en lo relativo a la ampliación de las causales de nulidad de elección.
La minuta de proyecto de decreto reforma el inciso b) del tercer párrafo de la Base VI del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual consiste en establecer dentro de los casos de nulidad de las elecciones federales y locales, el supuesto de que podrán ser declaradas inválidas en caso de “adquirir” cobertura informativa o tiempos en radio y televisión fuera de los supuestos previstos en la ley, esto evita limitar dicha situación a la acción de “comprar”.
La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales en su dictamen explicó que gramaticalmente el verbo “comprar” siempre implica el pago de una contraprestación, mientras que “adquirir” no necesariamente hace referencia al pago ya que pudiera alcanzarse el acceso a un bien o un derecho por medio de una figura diversa a la compra, como la donación.
Rápidamente y sin molestias ni cuestionamientos se pasó a la sección de Asuntos Generales, donde Oswaldo Rodríguez García destacó la presencia de los médicos al ser presentada la iniciativa de reforma y adiciones al Código Penal del estado de Aguascalientes, en respuesta al movimiento #yosoy17, donde cientos de médicos salieron a las calles a demandar las garantías jurídicas que les permitan trabajar sin ser juzgados como delincuentes.
El propósito de esta iniciativa es distinguir las lesiones o muertes causadas por ejercicio de la profesión médica ética y honesta, de aquellas causadas a consecuencia de un acto delictivo; por ello, de adicionarse un artículo 113 Bis al Código Penal, que establezca que aquellos daños a la salud ocasionados por el ejercicio profesional y justificados no se consideren “lesiones o muertes delictuosas”, deja sin probabilidad de aplicarle sanción jurídica a la profesión médica honesta, responsable y regulada, protegiendo a la ciudadanía de aquellos médicos que no cumplen con los requisitos legales.
Rodríguez García dejó en claro que ésto no exime dejar abierta la responsabilidad civil, administrativa, penal o laboral, en el supuesto de una mala praxis profesional, pero excusando la penal para el caso de lesiones producto de efectos colaterales de un buen tratamiento del personal médico, lo cual añadió ser “muy común” en el ejercicio de la profesión.
Recibiendo aplausos y felicitaciones del público presente -sin solicitud de silencio del presidente de la mesa directiva-, la diputada Martha Márquez tomó la palabra para anunciar que vía Oficialía de Partes del propio Congreso presentó una iniciativa en materia cultural, recordando que en el 2004 la oficina de la Alta Comisión de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, diagnosticó que la política cultural mexicana era discontinua, que padecía ausencias legales y que primaba un esquema de carácter estadista, indicando también que México carecía de programas educativos eficientes y mecanismos para impulsar la industria cultural, emitiendo un total 48 recomendaciones al gobierno mexicano.
En el 2010, cuando se aprobó la Ley de la Cultura para el estado de Aguascalientes, no fue incluido en la Constitución local el derecho de disfrute de los bienes y servicios culturales, por lo tanto el proyecto de decreto presentado adiciona un párrafo al artículo 4 constitucional, regulando el marco normativo en materia cultural de la siguiente manera:
“Artículo 4: Cada persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el estado, no la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales; el estado promoverá a los medios para su difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo la diversidad cultural con pleno respeto a la libertad creativa”.
Finalmente, como último legislador solicitante de tribuna, Cuauhtémoc Escobedo Tejada, a nombre del Partido de la Revolución Democrática, anunció la entrega de su iniciativa de reforma a la Constitución local en materia político electoral, adecuando la normatividad local con las establecidas por la reforma constitucional federal del pasado 2013, “constituye a una reforma de gran calado pero que moderniza las estructuras políticas del estado”, y empodera al ciudadano a través de un sistema democrático más participativo y accesible, sin simulaciones.
Desarrolla, entre otras cosas, el empatar la elección del gobernado con la del presidente de la República para el periodo 2018, quedando así una duración del próximo gobernador de poco menos de dos años; pretende que se reconozca el voto de los aguascalentenses en el extranjero, tomando en cuenta que desde su residencia siguen apoyando al desarrollo de las familias aguascalentenses, por lo que tienen todo el derecho de elegir a sus gobernantes.
A su vez, indica reformar al artículo 66 para que los regidores de mayoría relativa sean electos en demarcaciones territoriales al interior de cada municipio, de manera que se fortalezca la participación ciudadana. Retoma la equidad de género, la revocación de mandato, plebiscito y referéndum, sustituir la Procuraduría por un fiscal autónomo por convocatoria pública, la reelección de legisladores, ampliar los periodos de sesiones en el Congreso así como la reelección de los presidentes municipales por un periodo adicional.
Clausurando los trabajos del día, se citó el 2 de julio del presente año a la siguiente sesión ordinaria en el mismo recinto legislativo.