Jueces estudiarán si los arraigos en Aguascalientes se llevaron con calidad - LJA Aguascalientes
22/11/2024

  • A finales de 2012 había 146 personas arraigadas en la entidad; las consignaciones llegaron al 90 por ciento
  • La eliminación de esta figura requiere derogar cinco artículos del Código Penal de Aguascalientes

Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmara que los estados son incompetentes para legislar en materia de arraigo, y de que invalidara lo plasmado en el artículo 291 del Código Penal de Aguascalientes, la bancada del Partido Acción Nacional presentó una iniciativa para acatar las previsiones.

Ayer entró al Pleno la propuesta que derogaría los artículos 73, 129, 145, 204 y 264, todos del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Aguascalientes.

El diputado Leonardo Montañez comentó que durante el ejercicio del arraigo en Aguascalientes, “el inculpado” no podía abandonar del estado ni dejar de asistir diariamente a su domicilio.

Refirió que la justicia no es ni pronta ni expedita, toda vez que la Suprema Corte tardó casi dos años en enmendar la plana legislativa.

Señaló que el arraigo no es ilegal, sino que el Congreso de la Unión, y no las procuradurías, tiene la última palabra al momento de ordenar su ejecución.

El panista aludió a algunos integrantes de la legislatura saliente:

“El acto ilegal fue haber legislado, en 2012, en materia de arraigo, cuando ya no era una facultad de las entidades federativas, sino que era una facultad exclusiva del Congreso de la Unión”.

–¿Ese acto genera sanciones administrativas, o sólo queda de manifiesto la incompetencia legislativa?

–No está contemplado (en el Reglamento Interno), creo que aquí la sociedad es quien habrá de valorar el trabajo técnico y el trabajo profesional tanto de sus partidos políticos como de sus legisladores.


La posibilidad de tramitar un arraigo, manifestó, permanece en pie. Esta medida cautelar aún está presente en el artículo 16 de la Constitución Política, aunque reservado para casos de delincuencia organizada, con duración de 40 días y prórroga de hasta 80.

Expuso que la SCJN también determinó “que los jueces deberán analizar, en cada caso particular, si las pruebas estuvieron vinculadas o tuvieron relación directa con el arraigo. Es decir, el juez no les otorgará valor alguno al momento de dictar una sentencia, lo cual podría derivar en una sentencia absolutoria”.

Durante la misma rueda de prensa, Sylvia Garfias Cedillo consideró que la ausencia de sanciones para los yerros legislativos es “una de las muchas lagunas” que conserva la Ley Orgánica.

Ulises Ruiz Esparza señaló que el Congreso del Estado debe responder en lo inmediato a la disposición de la Suprema Corte, puesto que “si no lo cambiamos, en lo futuro algún arraigado podrá combatir, podrá decir que alguna de las pruebas que se presentaron bajo el arraigo fueron inconstitucionales, es urgente que legislemos en negativo”.

El coordinador del grupo parlamentario, Adolfo Suárez Ramírez, hizo hincapié en que los jueces comenzarán a valorar la calidad de los procesos de arraigo realizados en Aguascalientes. Anotó que el blanquiazul busca borrar del Código Penal una figura promovida, en el pasado, por la mayoría de los diputados priistas.

Se sabe que para finales de 2012 había 146 personas arraigadas en la entidad; las consignaciones llegaron al 90 por ciento.
 

Foto: Gilberto Barrón


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