Ciberactivismo y derechos digitales: La nueva dimensión de la participación ciudadana por Ricardo Femat - LJA Aguascalientes
26/03/2025

La irrupción de internet y las redes sociales ha modificado casi todos los aspectos de la vida cotidiana. Uno de los cambios más relevantes es la forma en la que los ciudadanos ejercen su participación política y social. La protesta pública, que históricamente ha tenido como escenario las calles y plazas, ahora encuentra un espacio alternativo en el ámbito digital. A este fenómeno se le conoce como ciberactivismo, una modalidad de participación ciudadana que ha ganado fuerza en las últimas dos décadas.

El ciberactivismo es algo más que un simple intercambio de opiniones en redes sociales. Es, en muchos casos, el punto de partida de movimientos de resistencia, defensa de los derechos humanos y demandas de justicia. Casos como #YoSoy132 en México, la Primavera Árabe en el norte de África y Medio Oriente, el movimiento global #MeToo o Black Lives Matter en Estados Unidos son ejemplos de cómo las redes digitales pueden detonar cambios sociales significativos. En todos ellos, la tecnología ha servido para amplificar voces, organizar acciones colectivas y presionar a los poderes públicos.

En México, los datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) indican que, para 2023, el 78.6% de la población cuenta con acceso a internet. Esto significa que más de 100 millones de personas tienen la posibilidad de participar en estos nuevos espacios de movilización digital. Plataformas como “X”, Facebook, TikTok y WhatsApp se han consolidado como foros donde los ciudadanos no solo consumen información, sino que producen contenidos, lideran debates y exigen cuentas a los actores públicos y privados.

Sin embargo, como en cualquier fenómeno social emergente, el ciberactivismo enfrenta importantes desafíos. Uno de los más citados es el llamado “activismo de clic” o slacktivismo, concepto desarrollado por Evgeny Morozov en su obra *El desengaño de Internet*. Morozov advierte sobre el riesgo de que el activismo en línea genere una ilusión de participación social sin que necesariamente se traduzca en acciones tangibles o compromisos sostenidos fuera de las plataformas digitales.

Además, la propagación de desinformación se ha convertido en un problema relevante. Un estudio de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en 2022 señala que el 43% de los usuarios de redes sociales en México comparte información sin verificar su veracidad. Este fenómeno alimenta la polarización y

puede socavar el debate público informado, lo que representa un reto significativo para la democracia digital.

La violencia digital también es un riesgo creciente. Según el Módulo de Ciberacoso del INEGI de 2022, el 21% de los usuarios de internet en México ha sido víctima de alguna forma de violencia en línea. Las amenazas, el hostigamiento y la difusión no consentida de información personal o íntima afectan especialmente a mujeres, periodistas y defensores de derechos humanos.

Frente a este panorama, resulta fundamental reflexionar sobre el marco legal que regula el ciberactivismo y la protección de los derechos digitales. Tanto el derecho internacional como la legislación nacional ofrecen mecanismos para proteger la libertad de expresión y el acceso a la información en el entorno digital.

A nivel internacional, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por México en 1981, reconoce en su artículo 19 el derecho de toda persona a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole, sin importar fronteras ni medios. Esto incluye, por supuesto, el uso de plataformas digitales para ejercer estos derechos. Por su parte, la **Declaración Universal de Derechos Humanos**, en su artículo 19, establece derechos similares.


En el ámbito regional, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, conocida como el Pacto de San José, garantiza en su artículo 13 la libertad de pensamiento y expresión, prohíbe la censura previa y protege el acceso a la información sin restricciones arbitrarias. México es Estado Parte de este instrumento, lo que implica la obligación de asegurar estos derechos también en el entorno digital.

En el plano nacional, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce en su artículo 6° el derecho a la información y a la libertad de expresión, además del acceso a internet como un derecho fundamental. Esto obliga al Estado a garantizar la cobertura universal de la conectividad digital en condiciones de igualdad.

En cuanto a la protección de la privacidad y los datos personales, México cuenta con dos instrumentos relevantes. La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, promulgada en 2010, y la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, de 2017. Ambas leyes establecen principios rectores para el tratamiento adecuado de los datos personales y buscan proteger la información sensible de los ciudadanos frente a usos indebidos.

Una de las innovaciones legislativas más recientes es la Ley Olimpia, aprobada a nivel nacional en 2021, la cual tipifica la violencia digital como un delito y sanciona la violación a la intimidad sexual mediante el uso de medios digitales. La Ley Olimpia representa un paso importante para proteger a las personas frente a la difusión no

autorizada de contenidos íntimos y para garantizar una vida libre de violencia en los espacios virtuales.

No obstante, los desafíos persisten. Organismos internacionales como Freedom House y ARTICLE 19 han documentado prácticas de vigilancia digital sin control judicial, así como restricciones indebidas al ejercicio de la libertad de expresión en línea. En su informe Freedom on the Net 2023, Freedom House clasificó a México como un país “parcialmente libre” en lo que respecta a la libertad en internet, advirtiendo sobre las prácticas de vigilancia y la falta de protección efectiva para periodistas y activistas.

El ciberactivismo ofrece un enorme potencial para democratizar el acceso a la información, empoderar a los ciudadanos y fortalecer la rendición de cuentas. Sin embargo, para que este potencial se materialice de manera plena, es imprescindible garantizar un entorno digital seguro y respetuoso de los derechos humanos. El marco jurídico actual ofrece bases importantes, pero debe actualizarse de manera continua para responder a los desafíos tecnológicos y a los riesgos asociados a la participación en redes digitales.

Las prioridades de la agenda pública en este campo deben incluir el acceso universal a internet, la protección robusta de los datos personales, la erradicación de la violencia digital y la salvaguarda de la libertad de expresión. Además, es fundamental que los Estados aseguren mecanismos de control democrático para evitar el uso indebido de tecnologías de vigilancia que puedan restringir la participación ciudadana legítima.

El ciberactivismo es una de las expresiones más relevantes de la ciudadanía del siglo XXI. En un mundo cada vez más interconectado, asegurar que la participación digital se ejerza con libertad, seguridad y bajo el respeto de los derechos fundamentales no solo es un compromiso ético, sino una necesidad para el fortalecimiento democrático.


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