- Para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores, así como la producción, distribución y enajenación de fentanilo ilícito y otras drogas sintéticas no autorizadas
En la primera sesión del 2025, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión en San Lázaro dio la declaratoria de constitucionalidad sobre la prohibición de vapeadores y el uso ilícito del fentanilo, así como drogas sintéticas.
Durante la Sesión de la Comisión Permanente en la Cámara de Diputados se declararon adicionados un párrafo quinto al artículo 4º y un párrafo segundo al artículo 5º de la Constitución que prohíben los cigarrillos electrónicos y el uso de fentanilo.
La secretaria de la Mesa Directiva, la diputada del PT, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, leyó comunicación del Senado de la República y dio fe del cómputo de votos aprobatorios de la minuta con proyecto de decreto.
La legisladora informó que se recibieron 22 votos aprobatorios correspondientes a las legislaturas de Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Hidalgo, México, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz de Ignacio de la Llave, Yucatán, Zacatecas y de la Ciudad de México.
La declaratoria de las reformas establece que, para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley, así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas.
Tras la declaratoria, solo falta que las adiciones sean publicadas en el Diario Oficial de la Federación y entren en vigor.