Se confirma investigación por presunta compra de votos - LJA Aguascalientes
16/11/2024

Apuntó que la compra del voto es un delito electoral, donde habría que ver si existen los elementos y ver bien quiénes son las personas que aparecen en el video

Confirmó el fiscal electoral, Daniel Gutiérrez Ruvalcaba, que se sigue una investigación por presunta compra de votos, la cual corresponde a un video que circuló por redes sociales en días pasados.

En el video se observa a un candidato que está en el domicilio particular de una mujer, en la comunidad de Calvillito, a quien le ofrece determinada cantidad de dinero, con tal de ganar ese Distrito.

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En entrevista, el fiscal dijo que la investigación que se sigue es porque hay una denuncia en contra de este candidato, por solicitud indebida de los votos a cambio de una contraprestación o por la compra de votos, explicó que formalmente se presentó la denuncia, la cual fue previa a que saliera el vídeo, pues “la denuncia en medios es posterior, porque ya la teníamos iniciada semanas antes”.

Dijo que se espera hacer la investigación lo más rápido posible para que se tenga consecuencia en este proceso y no dos o tres años después de los acontecimientos, aunque aclaró que las denuncias de tipo penal son más tardadas en resolver.

Explicó que, en el caso de este candidato, si es que se tienen los elementos para suponer que sí sucedieron los hechos y que sí constituyen un delito, se tendrá que ejercer la acción penal, que es llevarlo ante un juez, imputarlo y solicitar la vinculación a proceso.

Reiteró que en lo que respecta a la justicia penal sí es más lenta que la administrativa electoral, pero “sí tratamos de investigar con la misma celeridad todas las carpetas y tomar las determinaciones”.

Apuntó que la compra del voto es un delito electoral, donde habría que ver si existen los elementos y ver bien quiénes son las personas que aparecen en el video y si existen los elementos suficientes para judicializar la carpeta.


Es de señalar que la compra del voto está especificada en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, el Artículo 7, Fracción VIII, donde se señala que “se impondrán de cincuenta a cien días de multa y prisión de seis meses a tres años, a quien: solicite u ordene evidencia del sentido de su voto o viole, de cualquier manera, el derecho del voto”.


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