La despenalización del aborto no elimina la NOM-046: Angélica Contreras - LJA Aguascalientes
04/07/2024

Casos de embarazos a niñas y adolescentes deben ser investigados por violación. Repensar si preocupa una niña embarazada o qué ocasionó el embarazo

Independiente a la despenalización del aborto, ante solicitudes por parte de personas menores de edad, es necesario recordar la NOM-046 y recordar que en casos de embarazo de adolescentes debe ser investigado por violación, sin que para ello sea necesaria una denuncia, recalcó Angélica Contreras, coordinadora de Cultivando Género A.C.

“Hay que recordar que la mayoría de violaciones a niñas y adolescentes es por familiares, y no van a querer denunciar, porque ¿cómo vas a denunciar al tío o al abuelo?, por eso es necesario que también se nombre”, recalcó la activista.

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Subrayó que si bien se logró despenalizar el aborto, a través de una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esto no significa que la NOM046 haya desparecido, cuya aplicación es obligatoria para el Estado.

“Me preocupa que los centros de salud no cuenten, no nombren y no recuerden la Norma 046, porque si una niña llega o se enteran de un embarazo de este tipo, está obligado a aplicar un código morado y que se investigue si fue o no una violación”, resaltó Angélica Contreras.

Explicó que en este caso no se visualiza el problema de fondo: la violación a las infancias y las adolescencias, la falta de educación sexual desde la enseñanza básica, sobre lo cual ya se ha insistido cuando el PIN parental o los nuevos libros de texto gratuitos: que hablar de educación sexual no significa que se le va a decir a niñas o niños de seis años cómo tener relaciones sexuales, sino que implica hablar de consentimiento, de prevención.

 “Sobre todo en un estado donde las cifras de Secretariado Ejecutivo nos hablan del incremento de violaciones a las niñas y ahí entonces implica pensar en qué buscas, qué te preocupa realmente, que una niña de 13 años está embarazada o qué fue lo que ocasionó justamente este embarazo… entonces estamos hablando de un sistema impune que no está reconociendo las violaciones a las niñas, ¿cuál es entonces la vida que buscan proteger?”, cuestionó.

La Norma 046 establece que las instituciones prestadoras de servicios de atención médica, deben ofrecer de inmediato y hasta en un máximo de 120 horas después de ocurrido el evento, la anticoncepción de emergencia, dando previamente la información completa sobre la utilización de este método, a fin de que la mujer tome una decisión libre e informada. En particular, la NOM 046 es la norma que garantiza el acceso de las mujeres a la interrupción del embarazo en caso de violación sexual.



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Claudia Rodríguez Loera

Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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