Aprueba IEE financiamiento público para partidos políticos y candidaturas independientes - LJA Aguascalientes
03/07/2024

  • Se distribuirán $98,562,778 pesos para actividades ordinarias, gastos de campaña y actividades específicas

Durante la sesión extraordinaria de este viernes, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes (IEE) avaló el proyecto de acuerdo relativo a la distribución del financiamiento público estatal de los partidos políticos para gastos ordinarios, de campaña y actividades específicas, así como para las personas que logren concretar el proceso para una candidatura independiente en el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024.

La bolsa general para la determinación del financiamiento público a repartir entre los partidos políticos y candidaturas independientes es resultado de la multiplicación del 65% del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, por el número total de la ciudadanía inscrita en el padrón electoral de la entidad, con corte al mes de julio del año anterior, según lo dispuesto en el artículo 33 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes.

Derivado de lo anterior, se definió la cantidad de $98,562,778 pesos como monto total de financiamiento público estatal a distribuir a partidos políticos y candidaturas independientes durante el año 2024 para actividades ordinarias permanentes, gastos de campaña y actividades específicas.

El financiamiento público se destinará a los partidos políticos que hayan obtenido por lo menos el 3% de la votación válida emitida en la elección de Gubernatura, Diputaciones Locales o Ayuntamientos, por lo que la referencia para la asignación de los recursos será el proceso electoral 2021-2022.

ACTIVIDADES ORDINARIAS

Entre las actividades ordinarias de los partidos políticos se encuentran: la promoción de la participación ciudadana, la difusión de la cultura política, procesos internos de selección de candidaturas, sueldos y salarios del personal, arrendamiento de inmuebles, pago de servicios de carácter institucional, entre otras.

La asignación de recursos para actividades ordinarias se realizará con base a dos criterios: 

El 40% de la bolsa general de financiamiento se repartirá de forma igualitaria entre los partidos políticos que hayan obtenido al menos el 3% de la votación válida emitida en el estado en el proceso electoral inmediato anterior.

El 60% restante se asignará de forma proporcional a la votación válida emitida por cada partido político en la última elección de Diputaciones Locales (proceso electoral 2020-2021).


GASTOS DE CAMPAÑA

Para el rubro de gastos de campaña para las elecciones de Diputaciones Locales y Ayuntamientos, cada partido político recibirá un monto equivalente al 30% de su financiamiento para actividades ordinarias.

Entre los conceptos contenidos en este apartado se encuentran: gastos de propaganda en bardas, mantas, volantes, eventos políticos, arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, salarios de personal eventual, viáticos, propaganda en medios impresos y producción de mensajes para radio y televisión, entre otros.

En caso de completarse el registro de candidaturas independientes, estas tendrán derecho a recibir financiamiento para gastos de campaña, equivalente al que se asignaría a un partido político de nueva creación, destinando para tal fin la cantidad de $438,706.73 pesos, a repartirse de forma igualitaria entre la cantidad de candidaturas independientes que cumplan el proceso de registro.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

Las actividades específicas de los partidos políticos son la educación, capacitación política, promoción de los valores cívicos, investigaciones socioeconómicas y políticas, elaboración, publicación y difusión de información de interés del partido, entre otras, correspondiendo al 3% de la bolsa general del financiamiento de actividades ordinarias, distribuyéndose de la siguiente manera:

30% a repartirse de forma igualitaria entre los partidos políticos.

70% proporcional al porcentaje de votación obtenida en la elección de Diputaciones Locales inmediata anterior (2020-2021).

Aunado a esto, los partidos políticos deberán aplicar anualmente por lo menos el 3% del financiamiento de las actividades ordinarias a la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres, según lo estipulado en el artículo 33, último párrafo del Código Electoral del Estado de Aguascalientes.

De esta manera, la distribución del financiamiento público estatal para partidos políticos y candidaturas independientes es la siguiente:

Cabe destacar que, además del financiamiento público, los partidos políticos podrán recibir financiamiento privado, a través de aportaciones de militantes, simpatizantes, autofinanciamiento, rendimientos financieros, fondos y fideicomisos; sin embargo, los montos no deberán ser superiores al de carácter público, estableciéndose los siguientes límites:

En otro punto del orden del día, se aprobó el proyecto de acuerdo mediante el cual se determina el horario de labores y atención al público del IEE durante el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024, con el objetivo de facilitar el desarrollo de las actividades, siendo de lunes a viernes, de las 09:00 a las 14:30 horas y de las 17:00 a las 19:00 horas, así como los sábados, de 09:00 a 13:00 horas, el cual estará vigente del 1° de febrero del año en curso hasta que se lleve a cabo la sesión del Consejo General para la asignación de Diputaciones y Regidurías por el principio de representación proporcional.

De igual manera, se dio contestación a la consulta realizada por la C. Sylvia Violeta Garfias Cedillo, quien cuestionó a la autoridad electoral sobre los requisitos de elegibilidad y la viabilidad de la separación del cargo que ocupa actualmente como titular del Secretariado de Enlace Ciudadano del municipio de Aguascalientes para ser postulada como candidata suplente a una Diputación Local por el principio de mayoría relativa.

En este sentido, se resolvió que los requisitos de elegibilidad son aplicables para candidaturas propietarias y suplentes, pero sin que ella, en el caso concreto, deba separarse del cargo, al tratarse de la titularidad del órgano auxiliar del Consejo de la Ciudad, sin que este sea equiparable a una Secretaría Municipal.

Asimismo, se validó la renuncia del C. Juan Reynaldo Macías Ramírez, quien había sido designado como titular de la Secretaría Técnica del Consejo Distrital Electoral 5; en su lugar fue designado el C. Javier Martínez Vázquez, quien tomó protesta durante la sesión. Aunado a esto, de la lista de reserva se designó al C. Adrián Salvador Lujano Gutiérrez, quien asumirá el cargo vacante como consejero electoral.

En otro tema, se avaló el proyecto de resolución mediante el cual se aprueba el informe final presentado por el interventor, C. César Isaac Castañeda de la Rosa, designado en el procedimiento de liquidación del partido político “Nueva Alianza Aguascalientes”, en cumplimiento al artículo 188 de los Lineamientos para el control y vigilancia del origen, uso y destino de los recursos de los partidos políticos y de las asociaciones políticas del estado de Aguascalientes.

Finalmente, se rindió el informe de la consejera presidenta del IEE, en cumplimiento al artículo 76, fracción XVIII, del Código Electoral del Estado, en el que se anticipa la suscripción de un convenio de colaboración con la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales (AMCEE) para establecer las bases para la incorporación del IEE al Programa Operativo de la Red de Candidatas y la Red de Mujeres Electas.


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