- “¿Cómo debemos elegir a nuestras ministras y ministros? Todo está abierto a debate. Avancemos hacia la mejor solución que nos permita arribar a la justicia que merecemos”, en beneficio del pueblo de México, sostuvo
El ministro en retiro Arturo Zaldívar afirmó que las propuestas de reforma como la de elegir a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mediante voto popular es debatible siempre y cuando sea para mejorar al Poder Judicial de la Federación.
A través de un video difundido en su cuenta de TikTok, el colaborador del equipo de Claudia Sheinbaum, precandidata presidencial de Morena, enfatizó que la Corte debe ser independiente a los poderes Legislativo y Ejecutivo, así como a los partidos políticos y a los poderes fácticos.
“Requerimos una Corte que sea independiente del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo, pero también de los partidos de oposición y de los poderes fácticos. Requerimos una Corte que sea más cercana, más humana, más sensible a la gente”.
“¿Cómo debemos elegir a nuestras ministras y ministros? Todo está abierto a debate. Avancemos hacia la mejor solución que nos permita arribar a la justicia que merecemos, que soñamos y a la que aspiramos, no te dejes engañar ¡las instituciones sí se tocan!, cuando es para mejorarlas en beneficio del pueblo de México”.
Sheinbaum Pardo ha acompañado las exigencias del presidente Andrés Manuel López Obrador de reformar al Poder Judicial. Entre los argumentos del presidente está que en 1857 los ministros de la Corte podían ser elegidos mediante voto popular.
Dicho argumento ha sido replicado por la precandidata presidencial para la que trabaja Zaldívar y por la recién designada ministra de la Corte, Lenia Batres Guadarrama.
Sin embargo, la Constitución de 1857 establecía que la elección de ministros sería de manera indirecta de primer grado, pues se conformaba un Colegio Electoral integrado por un número determinado de hombres con determinadas características de edad y ellos eran quienes votaban por quienes serían los integrantes de la Corte.
En aquella época, la legislación no establecía que los ministros tuvieran título universitario ni la Licenciatura en Derecho.