No es posible cancelar las corridas de toros en el estado puesto que la ley de protección a los animales del estado de Aguascalientes tiene excluidos a los animales que participan en actividades consideradas como tradicionales
Fue a mitad de este año cuando un grupo de ambientalistas interpuso un amparo en contra de las novilladas en nuestra entidad, poniendo en riesgo la realización de las corridas de toros, lo que es calificado por muchos como parte importante de la historia y tradición de Aguascalientes.
La asociación denominada “Anima Naturalis” fue la que presentó una demanda de amparo ante el Juzgado Quinto de Distrito a fin de que se prohibieran las novilladas, así como el trabajo desarrollado por la Academia Taurina Municipal.
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El dato resulta relevante puesto que este mismo grupo de ambientalistas impuso un amparo en contra de la Plaza de Toros de México, ocasionando que se suspendiera la Temporada 2022-2023, mientras se llevó a cabo el juicio.
Sin embargo, en días pasados la Suprema Corte de Justicia decretó que la suspensión otorgada para la realización de las corridas en la Plaza de Toros México quedaba invalidada, además de que se negó dar un freno definitivo.
En su demanda la Asociación Anima Naturalis argumentó que las corridas de toros deben de prohibirse toda vez que representan una violación a los derechos medioambientales de la población, por lo que de esta manera y a pesar de que no existen leyes en contra de las corridas de toros o las peleas de gallos, las organizaciones ambientalistas fue que pudieron interponer amparos.
El titular de la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (PROESPA), Héctor Anaya, señaló que no es posible cancelar las corridas de toros en el estado puesto que la ley de protección a los animales del estado de Aguascalientes tiene excluidos a los animales que participan en actividades consideradas como tradicionales; es decir, todas aquellos actos que por “cultura” se han venido realizando.
Señaló que están exceptuadas de protección por parte de la ley local “y bueno, pues está en el Congreso del estado la probabilidad de modificarlo”.
El titular de la PROESPA restó importancia a que en Aguascalientes las corridas de toros y las peleas de gallos eran consideradas como un bien inmaterial y por eso no existía la posibilidad de cancelarlas, al señalar que esta declaración fue invalidada por un juez.
“Un tribunal resolvió que esa declaración es inválida, pues en realidad el que las autoridades no intervengamos ya sea en una pelea de gallos o en una corrida de toros es porque está exceptuada en la ley de protección a los animales, no por esa declaratoria, ya que esa declaratoria fue invalidada”.