Urgen desde el Senado tipificar delitos relacionados con la violencia digital  - LJA Aguascalientes
15/11/2024

Estas agresiones dañan la dignidad de las personas, impiden el desarrollo y atentan contra el ejercicio de los derechos 

Senado de la República 

Senadoras y especialistas afirmaron que existen conductas que se manifiestan en las plataformas digitales que deben ser tipificadas como delitos, a fin de que estos espacios sean seguros para todos los usuarios, pero principalmente para las mujeres 

En el conversatorio “Mujeres por una vida libre de violencia digital”, la presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, refirió que, en 2022, 84.12 millones de personas en nuestro país utilizó Internet; de esa cifra, 44 millones fueron mujeres y 22.4 por ciento de ellas experimentó algún tipo de violencia o acoso cibernético. 

Subrayó que el anonimato que permea en el mundo digital es un factor que potencializa prácticas como el ciberbullying, sexting, stalker, grooming, shaming, entre otro tipo de acciones que atentan contra la integridad de los y las usuarias, e impacta en su vida real. 

Recordó que la Organización de las Naciones Unidas define la violencia digital como el acto que se comete y expande a través de plataformas como redes sociales, correo electrónico y aplicaciones móviles, que causa daño a la integridad de las personas e impide el pleno disfrute de los derechos humanos. 

Sánchez Cordero advirtió que este tipo de agresiones también dañan la dignidad, impiden el empoderamiento y el desarrollo, y atentan contra el ejercicio de los derechos, por lo que es necesario tipificar dichas conductas para lograr que sea un espacio seguro. 

En ese contexto, dijo que en el Senado de la República se aprobó la llamada “Ley Olimpia”, que surgió de la valentía de denunciar un acto de violencia digital, en el que se compartió un video con contenido sexual, sin autorización de la víctima, en Puebla. “Olimpia Coral, junto con las organizaciones de la sociedad civil, ha impulsado una iniciativa para reformar el Código Penal de la entidad y tipificar dichas conductas como una violación a la intimidad. En este sentido, en el Senado se aprobó, en el 2020, una reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia”, expuso. 

La senadora del PVEM, Alejandra Lagunes Soto Ruiz, afirmó que 90 por ciento de los crímenes que se cometen en el espacio digital se pueden prevenir, pero se requiere impulsar una cultura para que los usuarios sepan cómo actuar, qué se puede o no hacer ante dichos escenarios. 


Destacó que hay quienes usan las innovaciones tecnológicas, como la inteligencia artificial, para violentar derechos de las mujeres, producir pornografía infantil, exhibir cuerpos con otras caras, entre otros usos indebidos de la imagen de las personas, que ocasionan daños a la salud mental de las víctimas. 

Agregó que se debe fortalecer al Poder Judicial y la Policía Cibernética, así como pedir la colaboración de organismos internacionales, para perseguir y combatir estos delitos, ya que muchos de ellos se cometen desde otros países, pero en detrimento de alguien que está en nuestro territorio. 

La especialista Sandra Mayela Fabián Esparza dijo que la “porno venganza” y la difusión de información íntima son prácticas en las que se utilizan las plataformas digitales; por ello, sugirió la implementación de políticas públicas que contribuyan a detener la producción e intercambio de este tipo de materiales. 

También propuso la homologación de las legislaciones estatales, para que exista una tipificación adecuada de esas conductas antisociales y se evita la impunidad, así como brindar capacitación a las autoridades sobre el conocimiento básico de las tecnologías de la información, con perspectiva de género. 

En tanto, Andrea Samaniego Sánchez, académica de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, expuso que la violencia digital contra las mujeres tiene origen en la cultura machista y el sistema patriarcal, pero ahora se reproducen en estos espacios, con lo que se continúa con el sometimiento de las usuarias. 


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