El INAI regresa/ Trabalenguas jurídico y político  - LJA Aguascalientes
15/11/2024

Por fin terminó el calvario para el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) pues la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que el INAI podrá sesionar provisionalmente con cuatro personas comisionadas, -número de sus actuales integrantes-, esto ante la necedad del Senado de la República de llevar a cabo el nombramiento del resto de las personas comisionadas. 

Debe quedar claro, que la decisión de la Segunda Sala de la SCJN para que el INAI sesione provisionalmente con cuatro personas comisionadas, no obedeció a una marcha como las organizadas para el Instituto Nacional Electoral (INE), de hecho los partidos de la oposición al gobierno federal en turno, no se tomaron la molestia de organizar aunque sea una kermés a favor del INAI, sencillo, la transparencia es una piedra en el zapato para todos los gobiernos. 

Sucede que hace un par de meses el INAI, acudió ante la SCJN a promover una especie de queja -Controversia Constitucional que es el término correcto- en la que señalaban, entre otras cosas, la omisión del Senado de la República de nombrar al resto de los Comisionados, pues de no ser nombrados -como hasta ahora-, no estarían en condiciones de resolver las inconformidades presentadas por los particulares en materia de acceso a la información y protección de datos personales. 

Esto quiere decir, para que el INAI realice esa chamba, requiere de siete o cinco comisionados, por lo menos así lo dice la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en su artículo 33, párrafos segundo y tercero, al señalar que “El Pleno tomará sus decisiones y desarrollará sus funciones de manera colegiada” y “Las sesiones del Pleno serán válidas con la asistencia de cuando menos cinco Comisionados, incluyendo al Comisionado Presidente.”, y cuyas decisiones y resoluciones serán adoptadas por mayoría simple, salvo el empate, donde el Comisionado Presidente resolverá con el voto de calidad.  

Así, es más o menos la idea del funcionamiento e integración del INAI, sin dejar de mencionar que uno de ellos es quien ocupa  la Presidencia, la cual en la actualidad, recae en la persona de Blanca Lilia Ibarra, luego, al ser un órgano colegiado, se encargará de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en  materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales,  las cuales abonan a un correcto ejercicio democrático en el País.

El punto es, que los Senadores, nuestros Senadores, esos que duran seis años en el cargo y jamás vuelven a dar la cara, en sus planes maquiavélicos y cantinflescos, pensaron que ante su negativa de nombrar a los comisionados restantes, el INAI estaría atado de manos para resolver los casi veinte mil recursos de inconformidad pendientes de resolución, pero al grito de “toma chango tu banana” la Segunda Sala de la SCJN, les dio un duro revés a sus necedades al permitir que el INAI sesione válidamente con cuatro personas comisionadas.

Pero ahí no acaba todo, la medida provisional de la Segunda Sala de la SCJN es hasta en tanto no exista la designación de, cuando menos, una persona comisionada más, dicho de otra manera, el Senado de la República SÍ o SÍ, debe de nombrar a la persona comisionada restante para que haya por lo menos cinco personas comisionadas designadas y así sus sesiones sean válidas en concordancia con lo dispuesto por el artículo 33, párrafos segundo y tercero, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. 

No conformes con lo anterior, los Senadores deben tener en claro que la decisión de la Segunda Sala de la SCJN, no pone en peligro la seguridad nacional –por aquello de los decretazos del Poder Ejecutivo- ni se afecta a la sociedad, al contrario, se busca garantizar el ejercicio de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales de los mexicanos, esos que a menudo transgreden los entes gubernamentales con su negativa del acceso a la información o los políticos cuando hace un uso desmedido e indebido de los datos personales de sus seguidores. 

Ya para terminar de ponerle más sal a la herida del Senado de la República y de quien votó en contra de la decisión de la Segunda Sala de la SCJN (Ministra Yasmín Esquivel Mossa) para que el INAI sesionara en los términos ya mencionados, se dice que esa decisión no se limitará únicamente al desarrollo de sus sesiones, sino que podrán ejercer cualquier otra de sus atribuciones concedidas por la Constitución y demás ordenamientos legales. Sólo queda la duda, ¿Claudia, Marcelo, Xóchitl y Beatriz, tendrán en el radar al INAI?     


 

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