Reforma al poder judicial/ Así es esto  - LJA Aguascalientes
15/11/2024

El poder ejecutivo ha emprendido una reforma importante en torno al poder judicial en la constitución local, que se encuentra ya aprobada por el legislativo, y ahora pasa a los otros integrantes del constituyente permanente estatal, es decir los ayuntamientos para que manifiesten su aprobación o rechazo, en la mayoría de los casos, los ayuntamientos dejan fenecer el plazo que les da la propia carta magna, y se entiende aprobado por positiva ficta, esperemos que este no sea el caso, dada la trascendencia de las reformas. Hay algunos avances, y desde mi perspectivas algunos retrocesos, así que analicemos.

Aumento de juzgadores y establecimiento de unidades de justicia donde no haya partidos judiciales. Más jueces, esto hay que aplaudirlo y celebrarlo, porque uno de los problemas que más demanda el justiciable y uno de los indicadores del estado de derecho, es el plazo promedio que duran los juicios, y todo mundo sabemos, en especial los litigantes, que son muy tardados lo que repercute en muchos aspectos negativos, principalmente económicos. Ahora esperemos los ajustes, porque si solo se tratara del aumento de magistrados y no de más jueces de primera instancia, tal vez el avance no sea tan aplaudible.

Porcentaje al poder judicial: se establece un 2.3% de etiqueta en el presupuesto de egresos para lo jurisdiccional, lo cual es un gran avance, justamente porque otorga certeza, lo que es una demanda desde hace muchos años, incluso en alguno de los informes del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de magistrados y abogados, no recuerdo el año, una de las recomendaciones es establecer este porcentaje para evitar la politización del presupuesto. Este año el poder judicial cuenta con un presupuesto de 623 MDP, si la reforma estuviera vigente su presupuesto tendría que ser de 736 MDP, quiere decir que el año que entra habrá un aumento importante y sustancial. Pero insisto, este aumento tiene que verse reflejado en más jueces de primera instancia, principalmente.

Tribunal administrativo autónomo. Me parece un retroceso, soy de la idea de que todo ente jurisdiccional tendría que estar dentro del poder judicial, sobre todo para la administración, disciplina y servicio profesional a través del consejo de la judicatura, darle su propia administración sin lugar a dudas será un retroceso. La tendencia en el país estaba en ese sentido, por ejemplo el tribunal electoral federal se integró al PJF, las juntas de conciliación y arbitraje se transformaron en juzgados, y en algún lugar escuché, no recuerdo la fuente, que la idea era justamente tanto al tribunal administrativo federal como al agrario, integrarlos al poder judicial.

Acciones, controversias y juicios locales. Me debato entre considerarlos un retroceso o una cuestión inútil y obsoleta. La tendencia para crear mecanismos de constitucionalidad local, se dio por allá de entre el año 2000 y el 2010, en la mayoría de los estados que los legislaron, no funcionaron o fueron prácticamente pocos los juicios de esa naturaleza, la mayoría de los litigios que se dan por esta clase de conflictos, prefirieron utilizar la jurisdicción que ya existe y que es competencia del PJF.

Nombramiento de los magistrados del STJ. El proceso que establece la constitución, es que el consejo de la judicatura mandará una quinteta al ejecutivo y este una terna al legislativo quien elige. En principio me parece válido este procedimiento, que implicará exámenes de conocimientos en el consejo de la judicatura. Sin embargo, en los transitorios se autoriza para que en esta única ocasión se elijan a los magistrados solo con una terna que enviará el ejecutivo al legislativo. Esto genera problemas, en tanto que pueden llegar personas sin la capacidad, al menos no hay un filtro y habrá que confiar que las ternas que se manden, sean de personas calificadas. Es decir, 7 magistrados van a llegar sin ningún filtro de conocimientos.

Nombramiento de los magistrados administrativos. Mismo problema acusado en el punto anterior, se nombran mediante una terna que envía el ejecutivo al legislativo. Ningún examen previo y justo por ello, es que considero que la sala administrativa no debe salir del poder judicial, para que el consejo de la judicatura siga llevando sus procesos.

Uno de los principales problemas, lo acusamos en otro escrito, es el nombramiento de los servidores públicos del poder judicial, lo vemos en la ausencia actual de 3 magistrados por la imposibilidad que tuvo el consejo de la judicatura de llevar el proceso a buen puerto; tal vez esto es lo que abre la puerta a nombramientos más laxos, que pueden regresar al poder judicial a ser un lugar de cuotas y no de capacidad. Tengamos fe de que no va a pasar y los responsables del nombramiento sepan enviar perfiles adecuados.

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