- En el pacto federal existen facultades concurrentes, facultades exclusivas de los Estados y otras en que los estados ceden parte de su soberanía para poder formar parte de una Federación: Martha Elba Dávila Pérez
- Lo mandatado por la SCJN al Congreso local no es un capricho, ya que se tiene que seguir un orden y unos principios interpretativos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene entre sus potestades guardar el orden constitucional, señaló Martha Elba Dávila Pérez, directora del Instituto Iberoamericano de Estudios en Derechos Humanos.
La SCJN es la intérprete multiespecialista en el tema de derechos humanos explicó que de la Constitución solo se pueden ampliar derechos o regular algunos, sin embargo, no se pueden restringir y eso está también en la Convención Americana de Derechos Humanos”.
Martha Dávila Pérez no dudó al señalar que la Suprema Corte de Justicia es la intérprete de la Constitución Federal y de lo que pueden o no hacer los Estados en el orden constitucional “y difícilmente podemos decir que la Suprema Corte de Justicia no tiene competencia para algo, además, hay algo muy interesante que se llama la competencia a determinar su propia competencia y, reitero, la SCJN es como el último intérprete de la Constitución, no se le puede decir que no pueda o que no tiene la facultad, porque tiene la facultad a determinar su propia competencia”.
Dávila Pérez recalcó que la SCJN es la intérprete última de la Constitución y de las leyes federales, aclarando que, si bien, la facultad de ejecutar las leyes es del poder ejecutivo y la creación de las leyes, del legislativo, existe un sistema de contrapesos para mantener el orden constitucional federal en primer término.
Indicó que las sentencias que emite el Poder Judicial Federal se basan en una serie de principios. Así, el artículo 1o Constitucional es claro en señalar que todas las autoridades deberán respetar los derechos reconocidos en la Constitución Federal y en los tratados internacionales, el artículo 105, fracción I, inciso a) que la SCJN resolverá las controversias , constitucionales entre la Federación y una entidad federativa y el artículo 107 se refiere a la obligación de cumplir las sentencias de amparo por parte de las autoridades señaladas como responsables.
En correspondencia el artículo 28 de la Convención Americana de los Derechos Humanos indica que todas los poderes y niveles de gobierno de un Estado Federal están obligados a respetar los derechos humanos establecidos convencionalmente.
Dávila Pérez aclaró que el derecho no es una ciencia exacta y no es fácil tener una última palabra, pues “es una ciencia social e interpretativa muchas interpretaciones, pero, sí, quien tiene la última palabra es la Suprema Corte de Justicia de la Nación a nivel interno con la facultad de determinar su propia competencia y, posteriormente, otras instancias internacionales”.