Menores trans en BCS podrán cambiar su acta de nacimiento, dicta la SCJN - LJA Aguascalientes
04/07/2024

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ordenado al estado de Baja California Sur eliminar el requisito de mayoría de edad para que niñas, niños y adolescentes transgénero puedan cambiar su acta de nacimiento.

En una decisión trascendental, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictaminado que el estado de Baja California Sur debe eliminar el requisito de mayoría de edad para permitir que niñas, niños y adolescentes puedan modificar su acta de nacimiento de acuerdo con su identidad de género percibida. El proyecto presentado por el ministro Javier Laynez Potisek fue aprobado por mayoría de 10 votos en el Pleno de la Corte, retomando el precedente establecido anteriormente en el reconocimiento del derecho a la identidad de género.

Con esta decisión, la Corte ha ordenado la invalidez del requisito contemplado en el artículo 144 Ter, párrafo primero del Código Civil de Baja California Sur, que exigía la mayoría de edad para realizar cambios en el acta de nacimiento relacionados con la identidad de género. Según el ministro Laynez Potisek, la falta de acceso a procedimientos que permitan el ajuste de documentos oficiales de identidad genera situaciones de abuso y discriminación en niñas, niños y adolescentes, particularmente debido a la intersección de la edad y la identidad de género.

El ministro destacó la importancia de distinguir entre el paternalismo legítimo del Estado, que se basa en las necesidades de la infancia en términos de educación, salud y alimentación, y la intervención estatal que busca imponer ideas morales. En este contexto, consideró inconstitucional imponer una restricción de edad para acceder a los procedimientos de cambio de género en el acta de nacimiento.

Sin embargo, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá votó en contra del proyecto, argumentando que no se puede exigir a todas las legislaturas estatales establecer procedimientos sumarios para que los menores de edad puedan modificar sus actas de nacimiento sin el consentimiento de sus padres. González Alcántara Carrancá señaló que esta cuestión no estaba contemplada en la acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Con esta decisión, se abre un importante precedente para el reconocimiento y la protección de la identidad de género de los menores trans en México. Ahora, podrán realizar cambios en su acta de nacimiento sin tener que esperar a cumplir la mayoría de edad, lo que brinda un mayor respaldo legal y una oportunidad para vivir de acuerdo con su identidad de género desde temprana edad.


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