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viernes, diciembre 19, 2025

Amnistía Internacional urge a México eliminar la prisión preventiva oficiosa 

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Amnistía Internacional urgió al Estado mexicano a eliminar la figura del arraigo de la Constitución y hacer las adecuaciones necesarias a la legislación que rige la prisión preventiva oficiosa, a fin de cumplir a cabalidad con la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), dada a conocer el pasado 27 de enero. 

A través de un comunicado, la organización celebró la declaratoria de responsabilidad internacional de México, por incurrir en “la violación a los derechos a la integridad personal, libertad personal, garantías judiciales y protección judicial en contra de Jorge Marcial Tzompaxtle Tecpile, Gerardo Tzompxtle Tecpile y Gustavo Robles López, en su detención y privación de la libertad por parte de agentes policiales en una carretera entre las ciudades de Veracruz y Ciudad de México en enero de 2006”. 

La organización resaltó que, en la reciente sentencia, la CoIDH determinó que el arraigo y la prisión preventiva oficiosa son incompatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH). 

En el caso del arraigo, Amnistía resaltó que el tribunal regional la calificó como “una figura restrictiva a la libertad de naturaleza procesal con fines investigativos que viola per se los derechos a la libertad personal y a la presunción de inocencia de la persona arraigada”. 

En cuanto a la prisión preventiva oficiosa, la resolución considera que “no hace mención a las finalidades de la prisión preventiva ni a los peligros procesales que buscaría precaver ni a la exigencia de hacer un análisis de la necesidad de la medida frente a otras menos lesivas, como las medidas alternativas a la privación de la libertad”. 

La organización internacional alertó que si bien en su resolución, la CoIDH “no se pronunció directamente sobre la prisión preventiva oficiosa (PPO) por no aplicar al caso concreto, sí obligó a adecuar la figura de la prisión preventiva a los estándares internacionales, lo que implicaría también su derogación”. 

Al resaltar que, en 2021, una encuesta del INEGI alertó que “a nivel nacional, 39.2% de la población privada de la libertad sujeta a un proceso judicial ha permanecido recluida en al menos un centro penitenciario durante más de dos años, la organización insistió en llamar al cumplimiento de la sentencia”. 

La directora ejecutiva de Amnistía Internacional en México, Edith Olivares Ferreto, recordó que desde hace tiempo ha instado al Estado mexicano a eliminar las figuras del arraigo y de la PPO de la Constitución y las leyes secundarias, por ser figuras contrarias al derecho internacional. 

La defensora puntualizó que con esas figuras “no se garantiza que las víctimas accedan a la justicia, por el contrario, se fomenta la reclusión a partir de falsas presunciones/sospechas, tal como lo documentamos en nuestro informe ‘Falsas Sospechas’ de 2017”. 

Para Olivares Ferreto, “la sentencia de la Corte IDH marca un precedente histórico para el sistema de justicia mexicano y debe ser prioritario su cumplimiento”. 

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