Sanciona el INAH a una perito: “improvisación” en el Proyecto Sismos - LJA Aguascalientes
21/11/2024

Gabriela Hernández

 

Por cuestionar en un artículo el desempeño del Instituto Nacional de Antropología e Historia en la restauración del patrimonio cultural dañado en los sismos de 2017, la arquitecta perito Rutilia Amigón fue sancionada de manera múltiple. En entrevista, expone los hechos y denuncia el “desorden” que privó desde un inicio por parte de directivos del instituto para rehabilitar el patrimonio dañado, que en Puebla fue de 621 inmuebles, en su gran mayoría templos. Proceso solicitó la postura oficial, pero el INAH se declaró imposibilitado debido a procedimientos de carácter jurídico en trámite.

 

 

 

El 23 de febrero, cuando estaba por ser sometida a una cirugía, Rutilia Amigón Amigón, arquitecta perito con 27 años de servicio en el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), fue notificada por correo electrónico de una sanción laboral: a partir del 1 de marzo ya no trabajaría en Puebla. La habían transferido a Sinaloa, a más de 1,500 kilómetros de distancia.

 

En otros mensajes enviados ese mismo día, pese a que ella informó sobre su complicado estado de salud, el director regional Manuel Villarruel Vázquez le puntualizó que tenía hasta el 28, es decir, sólo cinco días, para entregar la documentación de las obras y trabajos a su encargo. Y al día siguiente, tenía que presentarse en Culiacán.


 

En actas administrativas que levantó contra la perito, el INAH expone que uno de los motivos de esta sanción son declaraciones que Amigón hizo a la prensa, así como la publicación de un texto de su autoría que critica el desempeño del instituto en la restauración del patrimonio cultural dañado en los sismos de 2017.

 

Y Amigón no tiene duda que fue su artículo titulado “Los terremotos del 2017, mi experiencia en la Mixteca poblana”, publicado el 30 de septiembre de 2021 en el portal Mundo Nuestro, lo que detonó la represión y acoso laboral que, asegura, ha padecido en los últimos meses.

 

En entrevista, denuncia que luego de que expusiera en medios un tema “de ineludible interés público” como es el “desorden y estancamiento” que priva en el programa Sismo, el aparato burocrático del INAH operó en su contra para propinarle un “castigo” que, a su vez, enviara una advertencia a otros trabajadores.

 

Desde marzo le retuvieron el salario; se niegan a aceptarle licencias médicas que el ISSSTE le otorgó e insisten en aplicarle sanciones que debieron suspenderse cuando ella inició juicios para anularlas en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCyA). Además, le han prohibido realizar cualquier actividad laboral en el INAH Puebla. La amenazan con proceder “conforme a derecho” si insiste, y le recuerdan reiteradamente que su lugar de trabajo es Sinaloa.

 

De hecho, el 1 de abril Amigón recibió un citatorio del director del Centro INAH Sinaloa, Servando Rojo, para levantar otra acta administrativa en su contra. Esta vez “por faltas injustificadas”.

 

“Es probable que con esto promuevan en tribunales la terminación de mi relación laboral con el INAH”, asume la arquitecta.

 

Aunque el instituto acusa a la perito de violentar con sus publicaciones reglas internas que están contenidas en las Condiciones Generales de Trabajo (CGT), el abogado José Antonio Caballero Juárez considera que este tipo de normativas — orientadas a que “la ropa sucia se lava en casa”– van en contra del derecho constitucional de libre expresión y del que tiene la sociedad a que sus instituciones rindan cuentas.

 

“El caso de Rutilia Amigón tiene que ver con lo que en inglés se llama whistleblower, que quiere decir el que suena el silbato, el que da la señal de alarma sobre algo que anda mal. A estas personas la sociedad las tendría que proteger, porque de otra forma muchas irregularidades que pasan en instituciones permanecerán ocultas”, agrega el profesor-investigador del CIDE (Centro de Investigación y Docencia Económicas, A. C.).

 

El también exconsejero de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, considera claro que los directivos del INAH emprendieron una persecución contra la arquitecta en represalia por lo que exhibe su publicación. Esto, agrega, va contra los derechos constitucionales de Amigón, pero a la vez lanza una intimidación contra otros trabajadores y atenta contra una sociedad que aspira a tener un servicio público cada vez más transparente.

 

Proceso pidió al INAH una postura sobre los señalamientos hechos por Rutilia Amigón, pero la dependencia respondió que estaba “imposibilitada” para responder porque había procedimientos de carácter jurídico que estaban en trámite.

 

En respuesta por escrito Villarruel puntualizó:

 

“No obstante, me permito reiterar que esta dependencia federal es respetuosa de la normatividad vigente, así como de los derechos humanos de los trabajadores y respeta la relación jurídica y los acuerdos tomados con sus sindicatos”.

 

La publicación

 

En el artículo que originó la sanción, Rutilia cuenta su experiencia como supervisora de 25 inmuebles históricos afectados en la Mixteca, zona donde fue el epicentro del sismo del 19 de septiembre de 2017.

 

En este recuento, exhibe la improvisación que privó desde un inicio por parte de directivos del INAH para abordar el reto de rehabilitar el patrimonio dañado, que en Puebla fue de 621 inmuebles, en su gran mayoría templos.

 

“¡Inicien obras, los proyectos se harán sobre la marcha!”, “¡Atiendan los templos con daños menores primero y desháganse de ese lastre!”, fueron las órdenes que recibimos en un contexto de emergencia y de presión social, pero sin haber proyectos, ni contratos, ni instrucciones por escrito y menos aún protocolos”, narra.

 

Entre otras cosas, la arquitecta expone que, como consecuencia de este “desorden”, la reconstrucción quedó prácticamente estancada desde septiembre de 2018, cuando se confirmó que los recursos del seguro Banorte no alcanzarían para pagar todas las obras que ya estaban en marcha. Y luego, cuando a finales de 2019, el banco suspendió pagos de trabajos que supuestamente cubriría.

 

Desde entonces, indica, los esfuerzos del programa se enfocaron en resolver adeudos y neutralizar demandas, pero con mínimos avances en resarcir daños.

 

El avance del 60% que anuncia el instituto, sostiene, se basa en números absolutos de inmuebles en donde lo mismo cuenta uno al que le repararon daños menores, que otro con afectaciones estructurales graves, los cuales en su mayoría siguen sin atenderse y requieren presupuestos mayores. Aclara que, además, esta valoración no considera bienes muebles, que en mayor parte no se han recuperado.

 

A cuatro años de los sismos, puntualiza, hay obras inconclusas y aun concluidas, con adeudos; constructoras a las que se les desconocen trabajos que hicieron y otras que cometieron abusos como acaparar decenas de trabajos o cobrar sobrecostos.

 

“Los responsables de los equívocos y decisiones erradas que han repercutido en el avance son el director general y el equipo del Programa Sismo. Por tanto, reitero la exigencia que hice hace dos años: el antropólogo Diego Prieto y sus directivos deben disculparse con las comunidades afectadas por los sismos, y con el país, por haber sido incapaces de cumplir con una de las misiones sustantivas del INAH, la conservación del patrimonio, propiciando con ello mayor descrédito a la institución”, reclama la nota de Amigón.

 

En la entrevista, la especialista reitera:

 

“¿Qué tanto molestó al director del INAH, Diego Prieto, esa nota? ¿Hubo alguna falsedad en lo que expuse? Es público y notorio que el Programa de Obras de 2021 no llegó a nada. Y durante 2022, difícilmente aterrizará en algo. Por tanto, lo que escribí sigue vigente”.

 

Repercusiones

 

El mismo día de la publicación del texto, el administrador del Centro INAH-Puebla, Juan Hugo Jiménez Luna, levantó un acta de hechos en contra de Amigón por transgredir los artículos 40 y 43 de las CGT, referentes a que los empleados deben guardar reserva sobre asuntos oficiales.

 

A finales de noviembre, la arquitecta fue notificada de que se habían promovido dos actas administrativas en su contra: una por las publicaciones periodísticas, entre ellas tres notas en las cuales le atribuyen declaraciones, y la segunda derivada de tres convocatorias a reuniones presenciales a las cuales no asistió.

 

En torno a esto último, Amigón argumenta que en dos casos la convocaron por correo electrónico con un día de anticipación para tratar temas que ya había abordado en reuniones previas. En una tercera, la citaron para una inspección de obra en Puebla, en una zona fuera de su área de trabajo y en horario no laboral. En los tres casos se disculpó por escrito con Manuel Villarruel, director del INAH-Puebla, por las dificultades que implicaba responder a convocatorias “tan repentinas” y trasladarse desde el municipio de Chiautla de Tapia –donde está comisionada–, a más de dos horas y media de distancia de Puebla capital. Le propuso resolver los pendientes a través de una plataforma como Google meet, pero Villarruel no respondió.

 

La arquitecta dice que meses después pudo entender que estas convocatorias de los días 13, 20 y 21 de octubre, buscaban abrir paso a otro proceso en su contra. Incluso, afirma tener indicios de que se alteró un acta de asistencia y se tergiversó información para justificar la segunda sanción.

 

En diciembre, aunque ni Amigón ni su representante sindical se presentaron en la audiencia del proceso administrativo, la directora de Relaciones Laborales, Yuridia Rojas Alegría, dictaminó ambos casos en contra de la trabajadora. El 18 de enero le informaron que las sanciones impuestas eran cuatro días de suspensión de salario y funciones por cada una de las actas.

 

Cuenta que el 13 de febrero fue intervenida de emergencia por una apendicitis y, por complicaciones, el 23 tuvo que someterse a una segunda operación. Momentos antes de entrar al quirófano, le llegó la tercera notificación: la Dirección de Relaciones Laborales le aplicó el artículo 49 de las CGT, donde se señala que cuando un trabajador acumula dos suspensiones en un lapso de cuatro meses, puede ser removido a otro centro de trabajo. Así, tras 27 años de trayectoria laboral, de los cuales 22 ha ejercido en Puebla, la sanción contra Amigón fue su remoción a Sinaloa.

 

Y luego, cuando sus familiares acudieron a tramitar la licencia médica que la arquitecta requería para su convalecencia, el ISSSTE les informó que el instituto tenía registrada a Amigón como trabajadora pensionada desde 2017. Días después, los administrativos del INAH corrigieron ese “error” y el ISSSTE emitió justificantes médicos retroactivos que abarcaron hasta el 26 de abril. Sin embargo, cuando los familiares presentaron al INAH esas licencias, los directivos las rechazaron, alegando su extemporaneidad, pese a que la misma dependencia era la responsable de no haberse expedido a tiempo.

 

Amigón explica que, aunque tiene las licencias otorgadas por el ISSSTE, el INAH insiste que debió trabajar desde el 1 de marzo en Sinaloa, por lo que a partir de esa fecha le acumulan faltas injustificadas. Tampoco toma en cuenta los juicios laborales y administrativos que interpuso desde marzo y abril para suspender las sanciones.

 

La abogada a cargo de la defensa, Celia Esperón López, indica que se han cometido múltiples irregularidades en este caso. Las principales son que todas las notificaciones han sido por correo electrónico, cuando la ley establece que debe ser en persona, y por lo mismo no se respetó el derecho de la trabajadora a debido proceso. La otra es que este tipo de cambios de adscripción ya ha sido declarado ilegal en fallos del poder judicial.

 

El artículo 16 de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado indica que sólo se podrá ordenar el traslado de un trabajador por reorganización o necesidades del servicio justificadas, desaparición del centro de trabajo, permuta o por fallo del TFCyA, y “ninguno de esos casos aplica para la arquitecta”, afirma la abogada.

 

De igual forma, Carlos Arturo Hernández Carrillo, secretario general del Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de la Secretaría de Cultura, Sector Técnicos y Profesionistas del INAH, advirtió a la dependencia que el artículo 49 de las CGT transgrede los derechos humanos de los trabajadores y es inconstitucional.

 

No obstante, la directora de Relaciones Laborales defendió su aplicación al señalar que las CGT son aceptadas de mutuo acuerdo entre trabajadores y autoridades del INAH, y que en revisiones contractuales “nunca” se han inconformado de su contenido.

 


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