Prisión preventiva, populismos y la Suprema Corte/ Sobre hombros de gigantes  - LJA Aguascalientes
15/11/2024

La “ley y el orden” y “cero tolerancia” son medidas del populismo en materia de seguridad pública y sistema penal. Esta dureza se debe a una política criminal que atiende a los problemas difundidos en vivo y a todo color, y busca enfrentar, no a la violencia, sino a la sensación de inseguridad; es decir, tranquilizar las creencias emocionales, sin realizar efectivas acciones. El populismo penal es una política criminal que busca realizar acciones que generen percepción de rapidez y eficiencia, para magnificar los resultados de operativos de fuerza, y demostrar la atención y tratamiento de la problemática de inseguridad, sin resolver el problema de fondo.

Sólo en México, un asunto tiene que llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que se enmiende la plana a algunas autoridades que no saben (o no quieren) leer las garantías Constitucionales expresamente establecidas. Sólo en México, se gastan recursos para que las Ministras y Ministros de la Corte digan lo que la Constitución de forma literal dice. Sólo en México, las autoridades que cierran los ojos cuando tienen asuntos importantes que resolver y aplicar las normas Constitucionales y Procesales, siguen sin ser sancionadas y se mantienen gozando de sus sueldos y privilegios sin haber cumplido sus funciones. Cada que una autoridad Federal concede un amparo, está indicando que la autoridad que dictó el acto reclamado no cumplió con su función; en consecuencia, recibió un salario y otras prestaciones laborales sin haber cumplido con sus actividades y funciones públicas. ¿La consecuencia?, seguir trabajando sin ningún problema.

Hace unos días la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que la prisión preventiva oficiosa no puede exceder de dos años. Es decir, que una persona que esté privada de la libertad durante un proceso penal, a pesar de que aún no se determina que es culpable, debe ser excarcelado y continuar su proceso en libertad si pasan dos años sin haber recibido sentencia. El deporte nacional de detenidos sin condena tiene límites desde el año 2008, pero en el 2022, ciertas autoridades judiciales seguían sin leer la Constitución y sin cumplir con los derechos de las personas. Tuvo que venir la Suprema Corte a enseñarles a leer. 

Pero este no es el problema. ¿Recuerdan que en junio de 2018, se aprobó en el Congreso del Estado de Aguascalientes, un catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa en el artículo 75-A del Código Penal estatal, basándose una “tesis” de un Tribunal Colegiado del Estado de México y una sentencia de un Juez de Distrito que fueron mal interpretadas por los legisladores? Es decir, de forma inconstitucional las autoridades de Aguascalientes estimaron que podían establecer y ampliar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa en sus Códigos Penales. ¿Recuerdan que, una vez aprobada esta reforma, se advirtió a las autoridades que sería declarada inconstitucional, y que en su momento se tendría que indemnizar a los afectados? ¿Recuerdan que se hicieron oídos sordos a estos argumentos?, pues llegó julio de 2019, y la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional esta reforma. ¿A cuántos indemnizaron? ¿Qué pasó con las autoridades que crearon estas normas inconstitucionales y con quienes las aplicaron?

El populismo penal no es propio de “gobiernos populistas”, sino de cualquier estilo de poder público. Ya no sorprende darnos cuenta de que el control tiende a la militarización, a los extensos operativos policíacos, a la expansión de la facultad represora del Estado, al incremento excesivo de sanciones y de delitos de prisión preventiva oficiosa, reformas locales que invaden competencia Federal en materia procesal penal, protección de la vida desde la concepción y hasta la muerte “natural”, leyes contra “sujetos peligrosos”, acumulación de sanciones para provocar cadenas perpetuas de facto, permisión de tortura en ausencia de declaración, retenciones ilegales, operativos barredora o razias discriminatorias, tratamiento descontrolado de información por algunos medios de comunicación, etc. 

El verdadero problema es que el populismo confunde la resolución de conflictos sociales con la creación y aplicación de leyes; así, no importa si se resuelven los problemas, lo que importa es tener leyes, que sirven para sancionar lo que salga de la “normalidad”, y utilizar el discurso de que las leyes “protegen” derechos. Es un hecho que la prevención de la delincuencia será eficaz cuando se satisfagan adecuadamente las necesidades sociales, y se incremente la educación y valores de los ciudadanos. Pero el discurso menos costoso siempre será el del combate de esa delincuencia a través del incremento de las restricciones y castigos a través del sistema penal. ¿Cuándo se dejará de engañar a la sociedad con este tipo de discursos? Parece que, como el chiclocentro de la tutsi pop, el mundo nunca lo sabrá.


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