Conforme avanzan los días, el ambiente electoral se advierte cada vez con mayor espacio en la opinión pública, en las charlas de café y en la comunicación a través de los medios tradicionales y las redes sociales. Prácticamente cada día aparece un nuevo suceso noticioso que, poco a poco, va generando expectación entre el público interesado, y también entre aquellas y aquellos que no están tan habituados en la materia, pero que, definitivamente, les impacta en su cotidiano quehacer.
Es innegable que la elección para la gubernatura genera una efervescencia distinta, en materia político-electoral, a la que se advierte en las otras elecciones de diputaciones y ayuntamientos. Es natural, entre otras cosas, dado que tendemos a catalogar la jefatura del ejecutivo como un cargo de la mayor trascendencia al identificarlo como el administrador de los recursos a través de los cuales serán satisfechas nuestras necesidades colectivas. De ahí que, históricamente, la participación ciudadana aumenta cuando hay elección a la gubernatura respecto a cuando no la hay.
A partir del primer minuto de este día, concluyen dos actividades establecidas en la Agenda Electoral que dan muestra del involucramiento político a que nos veremos sometidos cada vez con mayor intensidad. Por un lado, feneció el plazo para que los partidos políticos, a través de sus particulares métodos internos, hubieran determinado a las personas que, eventualmente, solicitarán su registro como candidatas; por el otro, venció el plazo para la obtención del apoyo ciudadano para el aspirante a una candidatura independiente.
Ambas actividades, importantes a cuál más, clausuran una de las fases dentro de la etapa de actos preparatorios de la elección, que se refiere a la que define a las personas que participarán en la búsqueda del voto de la ciudadanía. Varias situaciones se desprenden de ello: en primer lugar, ninguna de las personas seleccionadas al interno de los partidos políticos tiene aún la calidad de candidata, dado que esa distinción solamente se otorga tras la sesión de Consejo General que celebre el Instituto Estatal Electoral luego de la solicitud realizada y, sobre todo, la verificación en el cumplimiento de los requisitos legales para el cargo al que aspiran.
Por eso mismo, no pueden dirigirse al electorado enarbolando propuestas con la finalidad de obtener el voto, dado que esa acción es solo exclusiva de las candidaturas en la etapa de campañas.
La anteriormente exclusividad de los partidos de postular candidaturas, trastocó en la posibilidad de que la ciudadanía solicitara ese registro respaldada en apoyo ciudadano, vertido en firmas que secundaran la propuesta. Esa titánica tarea, compleja por donde se le vea, requiere también de ciertos filtros, muy estrictos, no con la finalidad de volverla imposible, sino rigurosa, al punto tal de que solamente aquellas personas que demuestren cierto arraigo entre la población, sean meritorias de la candidatura.
En otras materias jurídicas, la definitividad implica que una persona no puede acudir a una instancia superior a revisar su procedimiento, sin antes haber agotado todas las instancias previas que están establecidas. Acudir al amparo, en algunas ocasiones, procederá siempre y cuando ésta sea la última instancia; en otro caso, por ejemplo, si un militante de un partido quisiera impugnar una resolución ante un tribunal electoral, primero tendría que agotar las instancias intrapartidistas, claro, con sus excepciones.
No obstante, en la particular materia electoral, la definitividad tiene otra acepción más allá de lo jurisdiccional: implica que una etapa, ya concluida dentro del proceso electoral, es definitiva, y no se podrán realizar más actuaciones en ella. Esto es, al terminar las precampañas y el periodo de obtención de firmas de apoyo de la ciudadanía para el aspirante a candidato independiente, ni los partidos, las precandidaturas, el aspirante independiente o la ciudadanía, podemos realizar acciones que se refieran a procesos internos tendientes a definir candidaturas.
Será una nueva etapa, esta que ahora comienza, un tanto difícil. En el argot la conocemos como intercampañas, dado que termina justo al iniciar los actos que realizarán los partidos políticos y las candidaturas, de cara abierta a la ciudadanía, con el afán de obtener el voto, lo que sucederá a partir del próximo domingo 3 de abril. Y la supongo difícil porque serán los 18 días que le restan a este mes, más los 31 del mes de marzo y los primeros dos de abril, en las que, asumiéndose como beneficiarias de la designación de los partidos políticos, tales personas no podrán manifestarse en el sentido de la obtención del voto. Eso es tanto como haberles dado el balón a las jugadoras, ya con su uniforme, con la cancha lista, el público expectante y pedirles que no jueguen, sino hasta casi siete semanas después.
/LanderosIEE | @LanderosIEE