- Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes deberá darle curso a la denuncia presentada por la diputada Nancy Gutiérrez
- Debido a que los hechos denunciados no ocurrieron un ámbito parlamentario, estos deben de ser resueltos por el tribunal local
En diciembre, la diputada Nancy Jeanette Gutiérrez Ruvalcaba presentó una denuncia por violencia política de género ante el Tribunal Estatal Electoral de Aguascalientes (TEEA) en contra del diputado Juan Pablo Gómez Diosdado. “Fui violentada el pasado viernes en reunión parlamentaria, Juan Pablo trató de callarme mis opiniones con gritos y golpes en la mesa pero mis compañeros reaccionaron pidiéndole respeto y calma”, argumentó en su momento en el estrado del pleno legislativo.
El TEEA declaró improcedente el recurso presentado por la legisladora bajo el argumento que sería el Congreso del Estado el competente para resolver este asunto pues la controversia pertenece al ámbito parlamentario y no electoral.
Ayer, en la sesión pública de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, revocó el acuerdo de incompetencia que emitió el TEEA y, por lo tanto, se determinó que debe darse una resolución a través de un Procedimiento Especial Sancionador de responsabilidad del tribunal local.
El magistrado Yairsinio David García Ortiz señaló que la promovente de la impugnación muestra una clara intención en cuanto establecer la materia electoral como órgano protector de todo tipo de violencia política, sin importar el ámbito en el que esta se desarrolle. Reconoció que el poder legislativo local no tendría forma de sancionar lo que sucede en una sesión privada de un grupo parlamentario, por lo que corresponde a otra instancia.
La magistrada Claudia Valle Aguilasocho resaltó que no todo lo que ocurre dentro del Congreso se enmarca dentro de las normas parlamentarias administrativas y estas se han definido tanto por la Sala Superior como la Sala Monterrey. Señaló que en la reunión se discutía sobre la posible integración del Órgano Superior de Fiscalización del Estado, no existe constancia que se discutiera sobre hechos inherentes al desarrollo de un proceso legislativo o de la organización interna del Congreso.
“Aun cuando pudiera disgustar al denunciado las opiniones de algunos de los –diputados- varones, este les escuchaba sin interrumpirlos; cuando ella hace uso de la voz, él alza la voz y da un manotazo en la mesa en señal de estar en desacuerdo, le dijo que se callara o no siguiera opinando sobre el tema. Esto es lo que está en debate como actos posiblemente constitutivos de violencia política en el marco de una reunión”, comentó la magistrada.
Ernesto Camacho Ochoa, magistrado presidente de la Sala Monterrey, reconoció que la diputada promovente está buscando un espacio de protección en el ámbito electoral cuando estos conflictos se presenten en espacios ajenos al quehacer parlamentario.