- Sólo 2 de los 2 mil 457 municipios y 1 de las 32 entidades presentaron controversias constitucionales
- Están pendientes cuatro acciones de inconstitucionalidad por normas relacionadas con la Guardia Nacional
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene pendientes a resolver cuatro acciones de inconstitucionalidad, dos amparos y cuatro controversias constitucionales contra la Ley de la Guardia Nacional, el acuerdo presidencial u otras normas relacionadas a la militarización de la seguridad pública.
Durante la tercera mesa del foro “La Suprema Corte frente a la militarización”, los participantes exigieron nuevamente a que la máxima autoridad del Poder Judicial atienda los distintos recursos pendientes.
Recordaron que, actualmente, la corte tiene pendiente de resolver cuatro acciones de inconstitucionalidad: una contra la Ley de la Guardia Nacional, otra sobre la Ley de Uso de Fuerza, otra sobre la Ley de Registro de Detenciones y otra contra las modificaciones a la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública, todas estas bajo el decreto con el que se creó la Guardia Nacional.
De la misma manera, se tienen dos amparos pendientes a resolverse en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): uno sobre la creación de la Guardia Nacional y otro por el acuerdo presidencial que interpuso México Unido Contra la Delincuencia (MUCD). También se espera que el amparo de la asociación civil Intersecta llegue a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Cristina Reyes, abogada de MUCD, agregó que se presentó otro amparo por la omisión del Congreso de la Unión, pues solo se limitaron a emitir las leyes secundarias de la Guardia Nacional, la Ley de Uso de la Fuerza y la Ley de Registro de Detenciones, olvidando legislar sobre otros aspectos que deben ser regulados y que incluso están contemplados en los artículos transitorios.
Estefanía Vela, directora ejecutiva de Intersecta, recordó que también están pendientes cuatro controversias constitucionales en contra del acuerdo militarista y que fueron presentados por la Cámara de Diputados, el Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán y los ayuntamientos de Colima y Pabellón de Arteaga, Aguascalientes
Luis Daniel Vázquez Valencia, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), reiteró que en el artículo noveno de la Ley de la Guardia Nacional da facultades extensas al Ejército y a la Marina, por ejemplo, del patrullaje, prevención del delito, detención de personas, aseguras bienes y escenas de crimen en todo el territorio nacional y que desde luego podría vulnerar los derechos humanos.
Lo que se puede argumentar en una controversia constitucional es que precisamente hubo una invasión de competencias y no si es que este acuerdo es inconstitucional al contraponerse a una ley. Estas controversias son turnadas a la SCJN y se necesitan como mínimo ocho votos para que transiten con éxito, pero el especialista consideró que es difícil que se pueda alcanzar esta meta.
Por esta razón, consideró que fueron muy pocas las controversias constitucionales presentadas por representantes del Poder Ejecutivo. Nuevamente, solo uno de los treinta y dos estados y dos de los 2 mil 457 municipios presentaron controversias. “Hubiéramos pensado que la gravedad con la que están facultando el Ejército iba a haber mucho más controversias constitucionales y no fue así. La Comisión Nacional de Derechos Humanos no se animó a presentar una acción de inconstitucionalidad.