- No es legal en ningún organismo electoral ni en la mesa directiva de casilla
- El derecho a impugnar desaparece sin representación directa
No está contemplado en la legislación que dos o varios partidos tengan un representante en común si no van coaligados, señaló el consejero presidente del Instituto Estatal Electoral, Luis Fernando Landeros Ortiz, respecto a la intención de que los partidos Encuentro Solidario (PES), Redes Sociales Progresistas (RSP), Partido Libre de Aguascalientes (PLA) y Fuerza por México (FXMX) nombren a un representante de casilla que cuide los intereses electorales de todos en su conjunto.
El funcionario electoral destacó que es necesario recordar que la mesa directiva de casilla es la autoridad durante las diez horas de la jornada electoral que como todos los organismos se integra con representantes de cada uno de los partidos políticos, pero en la legislación no se contempla un representante común por parte de ciertos partidos.
“No sé si recuerdan ustedes anteriormente cuando habían coaliciones, ahí sí se facultaba a un representante en la mesa y común de los partidos políticos que integran la coalición; incluso en la boleta electoral se diseñaba un solo emblema y un solo recuadro en la boleta electoral por la coalición, pero eso fue antes del 2007; a partir de la reforma, cada uno de los partidos de las coaliciones tiene su propio recuadro, con todo y que se repitan los nombres de los candidatos como estamos actualmente”, manifestó.
Reiteró que como señala la Legislación, no se tiene contemplado que en ningún organismo electoral, llámese consejos distritales, municipales o mesa directiva de casilla, los partidos tengan un representante común, pues deberán contar con alguien que los represente en lo individual, ya que no podría jurídicamente argumentar, bajo un acuerdo interno, la defensa de intereses comunes, al no existir siquiera un convenio de coalición.
Expuso que además la acreditación ante las autoridades electorales de sus representantes deberán ser una persona por casilla electoral y por partido, además de advertir que, si esa situación se llega a dar, no contarán con un respaldo jurídico, pues a la hora de, por ejemplo, firmar una hoja de incidencia, sólo podrá hacerlo por un solo partido, pues por los tribunales no se va a reconocer como un representante en conjunto.
A su entender, la problemática de los partidos que hacen esta propuesta es más que por lo económico, por la estructura, pues el cubrir el gran número de casillas resulta un trabajo arduo, aunque se supone que cuenta con el número de simpatizantes suficientes y reconocidos para cubrir este requerimiento, “ahora sí que no estamos sorprendiendo a nadie, desde el principio sabía cómo estaban las reglas del juego”.
“El derecho de tener un representante, a la hora de ejercer el derecho de impugnar una casilla, va a ser a través de su representante, no puede representar a los demás; se puede hacer algún pacto, pero fuera de la norma, pero no reconocido jurídicamente, a través de intercambio de actas, pero eso no quiere decir que jurídica se les reconozca el derecho”, subrayó.