En temas delictivos y de procesos penales, el principio de publicidad protege a las partes de una justicia alejada al control público y mantiene la confianza de la comunidad en los tribunales. Como principio es mecanismo para ejercer el control de las autoridades, por lo que es innegable que los medios de comunicación son un instrumento democrático que favorece su efectividad, siempre y cuando otorguen información objetiva del hecho, exenta de todo comentario que exceda de una sincera y clara explicación.
Pero esto es sólo un ideal, pues del grado de interés que los hechos delictivos despiertan en la opinión pública, depende la expectativa que deba ser satisfecha, por lo que algunos medios de comunicación (no todos), no sólo difunden hechos, sino sus propias visiones para satisfacer la expectativa que quiere un público concreto; por lo que, alejándose de las reglas de los procesos, presentan los casos adaptados a las limitaciones de tiempo y espacio, seleccionan la información para lograr un interés más amplio en ser escuchados, comunican una porción recortada del evento, según sus ideas personales y empleando palabras con tendencias estigmatizantes, parciales y denigrantes, con un peculiar lenguaje para que se acepte por una mayoría social, y extraen sus conclusiones de acuerdo a circunstancias no necesariamente válidas en los juicios; todo esto con la complacencia de algunas autoridades.
Si bien es importante que la opinión pública conozca lo que ocurre en su entorno, y la manera en que se combate y procesa a la delincuencia, para tomar precauciones, prever y proveer, así como exigir a las autoridades que cumplan con sus funciones, también lo es que la opinión pública es muy distinta a la opinión publicada por algunos medios acerca de los temas de seguridad, procuración y administración de justicia en materia de delitos, que regularmente difunden consecuencias negativas al incrementar el miedo y la zozobra por la difusión masiva de comportamientos agresivos y violentos, para presionar al incremento de reacciones penales, pero también para desinformar a la población y generar reacciones más violentas de la propia sociedad, con lo que la imagen, la intimidad y la integridad de las posibles víctimas y supuestos autores, así como de sus familias, quedan en segundo término.
Con el pretexto de la libertad de expresión y el derecho de la sociedad de conocer lo que sucede en su entorno, algunos difunden información sobre víctimas e imputados, y circunstancias del hecho que apenas están en proceso, lo que afecta la intimidad y reputación de las personas que intervienen, y de sus familias, de una manera incontrolable y diversa a la que se da en una sala de audiencias, por lo que se estigmatiza a personas, pues tiene más valor la información que sale en algún medio de comunicación que las decisiones de un tribunal. Por la difusión indiscriminada de información del hecho y de los involucrados, que regularmente es diversa a la información real del proceso, se afectan varios derechos, pero hoy quiero resaltar que los involucrados y sus familias, así como testigos, peritos, ministerios públicos, asesores victimales, defensores, juezas y jueces, se ponen en peligro con la exposición de sus datos, imagen, elementos de identificación de los lugares, hechos y proceso; por lo que, si bien no pueden negarse a comparecer al juicio, por lo menos se les debe asegurar la protección de su integridad física y moral, al igual que las de sus familias.
Gracias a algunos de esos tipos de comunicación en México, se han linchado a inocentes (dos personas quemadas en Acatlán, Puebla), castigado en forma desproporcionada a autores de robo (video de la combi en Estado de México), y atribuyéndole culpas de hechos delictivos a las familias de los involucrados (constantemente es el discurso en Aguascalientes), por lo que ahora madres y padres de procesados, están en riesgo de ser agredidos por la sociedad que no los quiere cerca. Y esto, porque a algunas autoridades y ciertos medios de comunicación se olvidan que ningún interés público justifica publicitar la imagen, los datos que claramente identifican, el sufrimiento o agonía, y menos el explotar la desgracia ajena.
La estigmatización pública no es una finalidad del proceso penal. Si la “reinserción” social de los acusados o sentenciados es prácticamente nula, la reintegración de sus familias, la de las víctimas y de sus familiares, es casi imposible, y más con la estela de estigmatización que se difunde con el pretexto de la comunicación.
Así, no cabe duda que los medios de comunicación tienen derecho a ejercer su libertad de expresión y exteriorizar un mensaje o contenido; y a su vez, tanto los medios como la sociedad tienen el derecho a la información, que implica contar con datos adecuados para favorecer al libre desarrollo de la personalidad y generar un debate democrático útil para la vida de la comunidad, no uno etiquetante que genere división y pueda incrementar la violencia. Las normas penales no prohíben la información a la sociedad sobre hechos posiblemente delictivos; los medios de comunicación cumplen una labor importante al otorgar datos que ayuden a la sociedad a prevenirse, protegerse y conocer la labor del Estado y las autoridades, pero la información debe ser tratada de la manera que genere un debate democrático, no afectar a los involucrados, ni causar impunidad.
Entonces ¿qué puede hacer un medio de comunicación al cubrir y comunicar un hecho aparentemente delictivo para lograr este debate democrático y proteger los derechos tanto de la sociedad como los involucrados?: dar información general del evento, mostrar todas las versiones y no condicionar la mentalidad de la población ni prejuzgar sobre el hecho; no difundir ni utilizar los nombres verdaderos de los involucrados, ni presentarlos como culpables o víctimas; no mostrar imágenes de rostro o características que puedan identificar claramente a víctima o imputado; y evitar difundir datos sensibles de información o imágenes que puedan identificar las personas o detalles del hecho, que generen su estigmatización, revictimización o sugestión de las autoridades.
Insisto, el sistema de justicia penal acusatorio y sus leyes no tienen tantas culpas como se le atribuyen, sino que son la víctima expiatoria de otros factores que influyen en su operación. Si queremos disminuir la delincuencia, si queremos evitar que las personas hagan justicia por propia mano, si queremos eliminar la discriminación y el etiquetamiento social de las personas, la solución es aún más sencilla: dejemos de ignorar a los demás y de cerrar los ojos a la realidad; hay que invertir en la satisfacción de las necesidades sociales, y generar políticas públicas que atiendan el problema delictivo en una visión global, desde todas sus vertientes sociales, y que nuestra política criminal mexicana, deje de ser más criminal que política.