- La presenta la CDHEA, colectivas y organizaciones feministas
- Consideran que estas modificaciones a la ley violan al menos tres artículos de la Constitución
La Comisión Derechos Humanos del Estado Aguascalientes (CDHEA), con el apoyo de las organizaciones Cultivando Género, Morras Help Morras, Terfu, Mujer Entrópica, y respaldadas por colectivas feministas locales, presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la acción de inconstitucionalidad contra la reforma al artículo 2°, que da identidad jurídica al producto desde la “concepción”. La acción ya se encuentra en trámite.
El pasado 12 de febrero de 2021, el Congreso del Estado de Aguascalientes aprobó por mayoría la reforma a los Párrafos Tercero y Cuarto del Artículo 2°, y se Adicionan los párrafos Quinto y Sexto al Artículo 2° de la Constitución Política, a través del Decreto Número 475, publicado en el Periódico Oficial el lunes 29 de marzo en el tomo LXXXIV, Núm. 13.
Las colectivas, organizaciones, asociaciones y mujeres que apoyan esta Acción de Inconstitucionalidad consideran que estas modificaciones a la ley violan los artículos 1°, 4°, 16, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que decidieron que era necesario que la SCJN señalara si esta legislación es o no apegada a los preceptos de la Constitución Mexicana.
Las feministas hicieron un llamado al actual Congreso a dejar de promover y aprobar iniciativas que van en contra de los derechos humanos al advertir que de seguir haciéndolo, seguirán defendiendo los derechos hasta las últimas instancias legales.
En el documento que entregó la CDHEA a la SCJN explica que “la reforma impugnada genera diversas consecuencias, como identificar a la vida como fundamento de todos los derechos que corresponden a las personas físicas, la ampliación de la protección de la vida para incluir todo momento del proceso de gestación a partir de la concepción”.
Además, señala una inconsistencia en el texto aprobado en el Congreso del Estado, así como en la exposición de motivos, ya que el primero se habla de persona desde el momento de la “concepción”, pero más bien debe de entenderse que el legislador local se refirió a que hay persona desde el momento de la “fecundación”, a partir de lo que se deprende de la exposición de motivos. Lo anterior es solo uno de los argumentos, entre otros en los que se basa la Acción de Inconstitucionalidad presentada, a la que esperan se sume al menos una más por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, al repetirse lo sucedido con la presentada contra el Pin Parental, a la que se sumaron varias más de colectivas y organizaciones nacionales.