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jueves, diciembre 18, 2025

31 de mayo el límite para cumplir con el etiquetado

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APRO/Juan Carlos Cruz Vargas

 

El gobierno de Andrés Manuel López Obrador estableció hasta el 31 de mayo del presente año como el plazo límite para que los productos en punto de venta cumplan con todos los requerimientos de la Norma Oficial Mexicana 051 (NOM-051), referente al etiquetado frontal.

Mediante un comunicado, la Secretaría de Economía (SE) señaló que el pasado 31 de marzo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo interinstitucional en el que dicha dependencia y la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) otorgan dicho plazo, para que los productos que únicamente incluyen el sistema de etiquetado frontal coexistan con aquellos que ya cumplen con toda la información en sus etiquetas en el punto de venta al consumidor final.

Lo anterior porque a partir del 1 de abril, todos los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados que se comercialicen al consumidor final deben incluir la nueva información en sus etiquetas para otorgar mayor claridad y veracidad a los consumidores mexicanos sobre su contenido.

De acuerdo con la SE, encabezada por Tatiana Clouthier, entre los cambios que los consumidores podrán identificar están las denominaciones más claras y con un tamaño visible al consumidor y productos que son imitación.

Asimismo se retirará el uso de personajes, dibujos animados, entre otros, en productos con sellos, esto para no fomentar su consumo en niños.

En la lista de ingredientes también estarán los azúcares añadidos, así como la declaración de alérgenos, y una declaración nutrimental con base a 100 gramos o 100 mililitros en todos los productos.

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