- Se espera que organismos presenten acciones de inconstitucionalidad, amparos pueden ya tramitarse
- La constitución no permite que se tenga un registro de datos biométricos
Con el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil no ayudará a combatir a la delincuencia, es simple y sencillamente un padrón de control. Se espera que se presenten acciones de inconstitucional a esta reforma.
Este mes se aprobaron las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión creando así el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil donde obligarían a los ciudadanos a entregar información delicada como las huellas digitales, fotografías del rostro y datos detallados del domicilio del usuario y, en caso de negarse, no podrán contar con una línea telefónica.
Aunque aún no entra en funciones este padrón, ya se han comenzado a presentar amparos, por lo menos cinco demandas contra la creación del padrón ante el Poder Judicial de la Federación (PJF), el juez Juan Pablo Gómez Fierro otorgó la suspensión provisional en todos los casos.
El jefe de departamento de Derecho en la Universidad Autónoma de Aguascalientes, José Luis Eloy Morales Brand, explicó que el artículo 16 establece que la protección de datos personales y no menciona que puedan ser entregadas a instituciones privadas tal y como se propone en la reforma ya aprobada, que ha sido usada como base para el amparo.
Explicó que la reforma establece que la secretaría de telecomunicaciones debe de establecer los lineamientos de los datos que se solicitará al usuario, por esta razón los jueces tendrán que analizar la pertinencia de presentar un amparo en este momento o hasta que se presenten los lineamientos.
“–En este caso- puede que los jueces determinen que en este momento no procede el amparo porque en este momento no se está aplicando la ley, hasta que vayan a solicitar los datos pueden presentar el amparo”, comentó el catedrático.
Dijo que evidentemente se violentan normas constitucionales y a través de acciones de inconstitucionalidad podrían evitar la aplicación de estas reformas. Resaltó que los datos biométricos es el ADN, tipo de sangre, huellas digitales, registro de iris y de voz, a los que ni siquiera el gobierno tiene la facultad de tener este registro.
“El argumento que se da en la reforma es que supuestamente es para combatir la delincuencia, cuando esto no es así, la delincuencia no se combate con estos datos porque podrían obligar a que otra persona registre sus datos bajo amenaza, pago y lo utiliza otra persona. Es un argumento mentiroso, es un padrón de control nacional que ni siquiera en los estados más autoritarios contemplan esta medida”, resaltó.
Puntualizó que el estado ya tiene facultades suficientes para el combate a la delincuencia pues la misma ley permite que se puedan tener acceso a datos personales cuando se trate de estos hechos.