El reporte del Índice de Estado de Derecho 2020 del WJP fue preparado por el equipo de investigación del World Justice Project. La pandemia llegó en medio de una crisis mundial del Estado de Derecho, en la que el respeto a los principios clave de la buena gobernanza se han erosionado en muchos países durante varios años.
Para la WJP, las crisis gemelas de salud pública y Estado de Derecho hacen que esta pandemia sea particularmente peligrosa. Por eso es importante identificar y promover buenas prácticas y enfoques para abordar los desafíos de gobernanza subyacentes de la crisis y reconstruir mejores sociedades basadas en el Estado de Derecho.
El Estado de Derecho en tiempo de crisis debe abarcar los cuatro aspectos directamente afectados por la pandemia: Acceso a la justicia para todos; Gobierno abierto; Gobernanza responsable y anticorrupción y Derechos fundamentales y no discriminación.
El Índice de Estado de Derecho (IED) es una herramienta de evaluación cuantitativa sobre el grado en que los países del mundo se adhieren al Estado de derecho. Para tal fin, se define el Estado de derecho como un sistema en el que se cumplen los siguientes principios universales:
*El gobierno y sus oficiales y agentes, junto con los individuos y las entidades privadas deben rendir cuentas ante la ley.
*Las leyes deben ser claras, publicitadas, estables, justas y aplicadas uniformemente; además deben proteger los derechos fundamentales, incluyendo la seguridad de las personas y los derechos de propiedad.
*El proceso bajo el cual las leyes son promulgadas, administradas y aplicadas debe ser accesible, justo y eficiente.
*La justicia ha de ser implementada a tiempo por representantes neutrales, competentes, éticos e independientes, que sean suficiente en número, tengan los recursos adecuados y reflejen la composición de las comunidades a las que sirven.
El Índice es calculado por una organización independiente y multidisciplinaria llamada World Justice Project (WJP), la cual busca incrementar la conciencia del público sobre la importancia del Estado de derecho, y estimular reformas políticas y programas prácticos a nivel comunitario.
La región Centro Bajío Occidente, presenta valores semejantes teniendo mejor puntuación Aguascalientes con 0.45; Querétaro y Zacatecas con 0.43; Guanajuato con 0.42 y los de menor cumplimiento San Luis Potosí y Jalisco con 0.38 y 0.37. Pero en lugares les corresponden desde el segundo, tercero, quinto y noveno; y los lugares veinte y veintiséis.
El índice está conformado por ocho factores y estos a su vez en más de 40 sub-factores que permiten dar una lectura completa sobre el Estado de Derecho de un estado como Aguascalientes o una nación.
El Factor 1 mide si quienes gobiernan están sujetos a la ley, y si existen frenos y contrapesos que los obliguen a rendir cuentas. También incluye controles no gubernamentales, como una prensa libre e independiente (0.46/1).
El Factor 2 mide la ausencia de corrupción en el gobierno, incluyendo sobornos, influencias inapropiadas por intereses públicos o privados, así como la apropiación indebida de fondos públicos (0.41/1).
El Factor 3 mide la transparencia y la participación ciudadana. Incluye mediciones sobre la disponibilidad de información pública, el derecho de acceso a la información, y si las personas cuentan con herramientas para participar en la toma de decisiones (0.43/1).
El Factor 4 mide el respeto a derechos fundamentales reconocidos a nivel internacional, como ausencia de discriminación, derecho a la vida, respeto al debido proceso, libertad de expresión, libertad religiosa, derecho a la privacidad, libertad de asociación, y derechos laborales (0.53/1).
El Factor 5 mide la seguridad de las personas, la cual es una característica de una sociedad con Estado de Derecho. Incluye una medición de homicidios, victimización, y percepción de seguridad (0.49/1).
El Factor 6 mide si las regulaciones del gobierno se implementan de manera justa y efectiva. Incluye temas laborales, ambientales, comerciales, y de salud pública (0.41/1).
El Factor 7 evalúa si la población general puede resolver sus quejas y conflictos de forma pacífica y efectiva a través de un sistema de justicia civil que sea accesible, asequible, y libre de corrupción, discriminación, o influencias inapropiadas (0.41/1).
El Factor 8 evalúa el sistema de justicia penal de cada estado. Incluye la efectividad en la procuración e impartición de justicia, así como el respeto a los derechos de las personas detenidas, personas privadas de la libertad, y las víctimas de algún delito (0.44/1).
En un documento de la Comisión Internacional de Juristas se declara que: “debemos repensar el funcionamiento del Estado, porque tampoco será lo mismo después de esta pandemia. El Estado -al igual que el sector privado- ha probado ser una institución esencial para hacer frente al grave problema de salud pública que ha causado la pandemia. Pero no se trata de cualquier Estado, sino del Estado democrático; sometido al Derecho; respetuoso de los derechos; eficaz en sus acciones y respuestas; aliado, cooperador y coordinador de los esfuerzos de la sociedad; abierto al debate y a las críticas de su gestión; transparente en el manejo de los recursos; y responsable. Por ello, aun en tiempos extremadamente difíciles, ante situaciones extraordinarias se debe asegurar el funcionamiento eficaz de los poderes públicos del Estado de Derecho, para así garantizar la democracia, el control del poder y los derechos humanos”.