- Voluntad anticipada beneficia al núcleo familiar y personas responsables del cuidado
- Este trámite es desconocido tal vez por la costumbre de no visualizar hacia futuro
No es lo mismo hacer testamento que voluntad anticipada, advierte David Reynoso Rivera Río, especialista en temas de notariado, quien explicó que, en primera instancia, es indispensable precisar las variaciones entre una y otra, aunque ambas son igual de importantes, porque en estos documentos se plasman las decisiones personales: uno en el tema patrimonial y el otro en cuanto al derecho a la autodeterminación sobre su persona y su propio cuerpo.
El experto explicó que al contrario de tratar el patrimonio de la persona que lo solicita, el trámite de la voluntad anticipada regula aspectos importantes sobre su vida y situación física: adelanta a rasgos generales lo que desea que suceda con su cuerpo y su disposición a recibir los cuidados necesarios para prolongar su vida en caso de vivir una intervención quirúrgica peligrosa así como llegar a padecer una enfermedad terminal, progresiva y sin posibilidad de recuperarse; también dejando en claro si desea ser donador de órganos en caso de perecer.
La relevancia de tramitar este documento también beneficia al núcleo familiar o personas responsables del cuidado del autor, ya que permite manejar la situación en orden, con tranquilidad, probablemente disminuyendo gastos en temas económicos y daño emocional entre los conocidos de la persona.
Sin embargo, la existencia de este trámite es desconocida, probablemente por la nula difusión de él o la costumbre mexicana de no visualizar hacia futuro, no está relacionado a la eutanasia, pero a pesar de ello no deja de ser relevante considerarlo, ya que pretende respetar la voluntad de la persona que lo tramita gratuitamente, libremente y en pleno uso de sus facultades.
Puntualizó que todas las personas mayores de edad pueden tramitarlo ante cualquier notaría pública con su credencial oficial, considerando a un representante legal que sea el responsable de hacer valer la voluntad personal en el momento de experimentar una situación crítica de salud, según lo indiquen los lineamientos.
Aguascalientes es uno de los 14 estados de la República que cuenta con una Ley estatal de Voluntad Anticipada, la cual está vigente desde el 27 de julio del 2009 que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado.
El Instituto de Servicios de Salud en Aguascalientes (Issea) recibe en promedio alrededor de 100 solicitudes anuales que pretenden acogerse a la Ley de Voluntad Anticipada por parte de enfermos terminales o personas que ya reciben cuidados paliativos.