El TEPJF exonera a AMLO por críticas a la alianza PRI-PAN-PRD - LJA Aguascalientes
23/11/2024

APRO/Carina García

 

El presidente Andrés Manuel López Obrador no violó los principios de equidad en la contienda, ni incurrió en promoción personalizada de los servidores públicos o uso de recursos públicos con fines electorales, al emitir sus opiniones en torno a la alianza opositora formada por PAN, PRI y PRD, resolvió la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Con dos votos a favor y uno en contra, de la magistrada Gabriela Villafuerte, la mayoría determinó que son inexistentes las infracciones denunciadas por el PRD, partido que acusó al mandatario de violar la ley y poner en riesgo la equidad en la contienda, al emitir sus opiniones en materia electoral durante una conferencia matutina el pasado 23 de diciembre.

Con este asunto la Sala Especializada resolvió de fondo la queja del PRD contra esa mañanera, caso que dio pie a que el Instituto Nacional Electoral (INE) emitiera en enero medidas cautelares de tipo “inhibitorio” a López Obrador y todos los mandatarios estatales, para impedirles opinar en materia electoral, restricciones que ya fueron revocadas por la Sala Superior del TEPJF.

La sentencia de hoy también podría ser impugnada y llegar al pleno de la Sala Superior, para su resolución final.

En la “mañanera” denunciada, el mandatario fue cuestionado por un periodista sobre la alianza opositora, lo que dio pie a que el presidente criticara a la oposición y todo ello –de acuerdo a la queja del PRD- vulneró la equidad en la contienda y la imparcialidad a que están obligados los servidores públicos, además de que se usaron recursos públicos pues en las conferencias se emplea personal, equipo y uso de instalaciones públicas de Palacio Nacional.

El magistrado Luis Espíndola, ponente del caso, aseguró que las expresiones del mandatario “no implican el empleo del cargo público para influir en la competencia entre partidos” pues no se acreditó que las opiniones vertidas hayan sido manifestaciones expresas o inequívocas para solicitar el voto a favor o en contra de algún contendiente.

En tanto, los dichos del presidente “respecto lo que considera el antiguo régimen o agrupamiento conservador o expresiones de que quienes se agrupan (lo hacen para) controlar el presupuesto público ya fueron objeto de análisis” y se concluyó que no representan un apoyo a una fuerza política en específico o en contra de otra.


De acuerdo a ese magistrado no se ve que se influya la competencia, aunque aseguró que la sentencia emitida “de ninguna manera es un criterio generalizable que autoriza a los funcionarios públicos a entrometerse en los procesos electorales”.

La magistrada Gabriela Villafuerte Coello votó en contra, pues explicó que, aunque el mandatario hizo un llamado al voto en libertad, al responder una pregunta específica sobre la alianza opositora, si bien en su respuesta no mencionó a los partidos por su nombre, es claro que se refirió a PAN, PRI y PRD pues sobre ellos fue cuestionado.

“Es decir son plenamente identificables (y) hay una calificación de esta alianza y cómo la ve el presidente…(dijo) la pretensión es que no tengamos una representación mayoritaria en la Cámara de Diputados, es decir, se asume como parte de la mayoría, es decir, Morena, entonces revela su carácter de militante y con esa posición hace la critica a las fuerzas opositoras”.

Además, esa postura resulta coincidente con la campaña que ha desplegado Morena en radio y televisión en contra de esa alianza. Por eso “son expresiones que en pleno proceso electoral y en esa tribuna y en su carácter de guía, la sugerencia a la gente (es) que siga defendiendo a su causa, ¿cómo? Votando por Morena”.

De acuerdo a la magistrada el jefe del Ejecutivo se asume, con esas opiniones, como un militante de su partido “con un mensaje implícito y que pudiera llevar a la gente a pensar que votar por Morena es votar por el presidente”.

Si bien los electores pueden decidir hacerlo, eso no debería ser producto de una sugerencia implícita o explicita de seguir defendiendo esa causa como lo habría expresado el mandatario, expuso la magistrada.

Vacuna contra el covid-19

En otro asunto, al resolver una queja de PAN y PRD en contra del presidente López Obrador, del canciller Marcelo Ebrard y el líder de Morena, Mario Delgado, por presunto uso de la difusión del programa de vacunación anti covid-19 en redes sociales, la Sala determinó que no se acreditaron las infracciones de mal uso de programas sociales, publicidad engañosa, uso indebido de la pauta y actos anticipados de campaña.

Los magistrados consideraron que ese asunto ya fue resuelto en una sentencia emitida en febrero, que ya analizó los mismos mensajes, como el video de Morena donde asegura haber aportado la mitad de su financiamiento para comprar vacunas, en el que no se detectaron irregularidades.

La magistrada Gabriela Villafuerte emitió un voto particular, pues si bien estuvo a favor de rechazar y negar la inexistencia de las irregularidades denunciadas, expuso que los mensajes de Morena si incurren en una falta, pues expresan la “falsa apreciación de la realidad de la certeza de que Morena puede ejercer o dar la mitad de su financiamiento para las vacunas”.


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