- En marzo y abril es cuando aumenta la carga de trabajo por la declaración anual de impuestos
- Se deben de reforzar las medidas sanitarias para prevenir contagios en el organismo
90% del personal administrativo del SAT trabajará de manera presencial a partir de esta semana para dar servicio a los contribuyentes en la declaración anual. Se deberán de reforzar las medidas sanitarias para prevenir contagios, consideró el sindicato.
Toda persona física obligadas tiene hasta el 30 de abril para presentar su declaración anual de impuestos, hasta el momento no se prevé que vaya a haber una prórroga, por lo que se recomienda iniciar con el trámite con tiempo.
Gran parte del personal de la delegación del SAT en Aguascalientes regresó ayer a sus labores de manera presencial, previendo un aumento de flujo de contribuyentes durante las próximas semanas.
Actualmente cerca del 90% del personal está trabajando de manera presencial, cuando anteriormente se estaba trabajando en un 60%, según estimó Noelia Edith Serrano Domínguez Secretaria General de la Sección VII del sindicato del SAT.
La líder sindical señaló que se ha buscado fortalecer las medidas sanitarias para evitar contagios, se han instalado mamparas, repartido cubrebocas y gel antibacterial. “De antemano se están tomando las medidas, aunque no estamos exentos de que nos podamos enfermar”, comentó.
El SAT continuará trabajando con citas para reducir en lo mínimo la posibilidad de contagios en el instituto. Citas para tramitar la firma electrónica es la que sigue siendo la más solicitada hasta el momento. Resaltó que hay trámites que se pueden hacer en línea.
La delegada de la Procuraduría de Defensa del Contribuyente (Prodecon), Pamela Yadira Cuevas Mendoza, explicó que las personas obligadas a declarar son aquellas que tuvieron ingresos mayores a 400 mil pesos en el año, si se trabajó para dos o más patrones en el 2020, si solicitaron al patrón que no presentara la declaración anual, si prestaron servicios por salario a empresas internacionales que no hacían retención, si tuvieron ingresos por otra naturaleza como honorarios, arrendamientos o si percibiste ingresos por jubilación, pensión o liquidación.