- Tribunal Electoral local declara que cumple con todos los requisitos
- Señala que sí cumplió con el requisito de la aprobación por parte del órgano competente
El Tribunal Electoral local confirmó la resolución del Consejo General del Instituto Estatal Electoral al declarar que el registro de la Coalición Juntos Haremos Historia en Aguascalientes cumple con todos los requisitos de ley y por tanto es procedente su registro, al ser infundados los agravios presentados en la impugnación presentada ante este órgano de justicia.
Siegfried Aarón González Castro, representante común de la Coalición Por Aguascalientes, Enrique Fernando Esparza Salazar, representante del PAN , así como Emanuelle Sánchez Nájera, representante del PRD ante el Consejo general del IEE, presentaron a manera particular una impugnación en contra de la resolución del Consejo General del Instituto en contra del registro de la coalición Juntos Haremos Historia en Aguascalientes, celebrado por los partidos políticos del Trabajo, Morena y Nueva Alianza Aguascalientes, para el proceso electoral concurrente ordinario 2020-2021.
Los actores alegaban la falta de aprobación de la coalición por parte del órgano de dirección partidista competente de Morena, además de la omisión de la presentación de la plataforma legislativa y política, y su aprobación por el órgano intrapartidario competente. Se quejaban de que la plataforma electoral inobservó el artículo 142 del Código Electoral, por no tener un plan de gobierno claro, así como que en el convenio de coalición no se precisaba el método para la selección de las candidaturas.
El Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) consideró infundados los agravios presentados por los actores, puesto que, contrario a su dicho, el partido Morena sí cumplió con el requisito de la aprobación por parte del órgano competente y aportó la plataforma electoral junto con la solicitud de registro del convenio de coalición. Además, del análisis de las constancias remitidas por la autoridad responsable, se advierte que sí se aprobaron las plataformas electorales por parte del PT y Nueva Alianza.
Concluyó además que, al no ser una exigencia de la Ley General de Partidos Políticos, no es obligatorio especificar y entregar en todos los casos el programa de gobierno al registrar una coalición y consideró que el Instituto no está facultado para evaluar y calificar el contenido integral de las plataformas políticas o legislativas, sino únicamente a verificar el cumplimiento de los requisitos legales. Por último, respecto al método de selección de candidaturas, las partes expresaron su voluntad de que la selección de éstas se sujetara a la normativa interna de cada partido, por lo que en el convenio sí se precisó el método.