El combate a la corrupción es -y seguirá siendo- para México un tema de agenda pública, a partir de la reforma constitucional al artículo 113, sabemos de la existencia del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), el cual nació como una instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes, para la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como para fiscalizar y controlar los recursos públicos.
Por su parte, la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA), entre otras cosas, estableció los principios rectores que rigen el servicio público, como el de legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad y competencia por mérito.
Con respecto a tales principios, se observa que el profesionalismo y la competencia por mérito, están plenamente vinculados a la exigencia que pide la LGSNA, por ejemplo, para aquellos ciudadanos que deseen formar parte del Comité de Participación Ciudadana, se necesita que, además de la probidad y el prestigio se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción.
Cierto es que, la meritocracia arroja aciertos que pueden expandirse a el rediseño de las instituciones públicas, áreas del servicio público y otros niveles de gobierno, que permiten ir más allá de las reglas formales, donde importen las prácticas y el servidor público pueda apropiarse de los principios de mérito y a su vez pueda afrontar un servicio profesional de carrera que se enfrenta a una disyuntiva entre una lógica política de lealtad personal y la lógica de la profesionalización, donde también es importante resaltar, la medida en que las políticas públicas implementadas por los distintos entes públicos de la federación, estados y municipios, garanticen -más allá de los concursos de ingreso- que las personas que entran a un puesto en el servicio público, se queden con el puesto en base a su desempeño aprobado.
Sin embargo, cabe entonces preguntarse ¿Cómo sería una administración pública si no hubiera el servicio profesional de carrera? Equivaldría a no tener esquemas que permitieran inhibir datos irregulares por carecer de servidores públicos profesionales y que puedan tener una permanencia en la institución, al carecer de ello, no existiría un sentido de obligatoriedad y de compromiso institucional, lo que llevaría implícito, que los ciudadanos que reciben los servicios otorgados por el Estado, desconocerían la profesionalización, la capacidad y la eficacia de quien los da.
De tal manera que, el elemento clave para los Sistemas Anticorrupción de las Entidades Federativas (SAEF), se llama Servicio Profesional de Carrera (SPC), pero ¿Qué es en realidad el Servicio Profesional de Carrera? Primeramente, debe decirse, que es un mecanismo que responde a la demanda de los ciudadanos y de las unidades administrativas de las administraciones públicas del Estado, y por otra parte, es aquel que requiere de ciertos estándares y/o preparación respecto de la organización del Estado y las personas que laboran en este.
Surge entonces la idea, de exigir a los SAEF de contar con servidores públicos evaluados –constantemente- en el desempeño de las funciones que les sean asignadas, en razón de sus habilidades, capacidades y adecuación al puesto, pues solo así, se tendría la certeza, de que estos servidores públicos se estarían conduciendo en el marco de sus atribuciones y así cumplirían con su deber de servicio, además de sus obligaciones adicionales que contemplan las leyes especiales que rigen su actuar, como lo son los códigos de ética y de conducta, los principios que rigen la función pública, hasta el catálogo de obligaciones y prohibiciones contempladas en las leyes de Responsabilidades Administrativas.
Es así, que el SPC debe tener una implicación en las estrategias de gobernabilidad de los SAEF, con el que se pueda destacar los valores y sistematización de los procesos del personal del servicio público, en sus etapas de ingreso, desarrollo y egreso, en los cuales deban destacar sus habilidades, atributos, desempeño, capacidad y la antigüedad entre otros, pues en un tema tan importante como lo es el combate a la corrupción, este debe estar sustentado en los elementos ya descritos, obteniendo los objetivos deseados en las leyes de la materia.
En suma, las condiciones de competencias y méritos técnicos ofrecerían un mejor desempeño en el servicio público en la implementación de acciones decididas a combatir la corrupción por parte del Estado como generador de valores presentes y futuros, pues es precisamente esa tendencia la que se está buscando, ya que no solo se obtendrían buenos resultados, sino también un valor dentro de ese núcleo de recursos humanos y así estar preparados para fortalecer a México con un servicio público profesional democrático y abierto.