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jueves, diciembre 18, 2025

Destinar pensión alimenticia para otro fin sería delito penal

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  • Sería considerada en el catálogo de sanciones de la conducta de abuso de confianza, en el que se contemplan castigos que van de los 6 meses a 10 años de prisión, y de 5 a 200 días de multa económica
  • Alaniz de León indicó que esta reforma pretende salvaguardar el derecho de alimentación del menor que es víctima del divorcio o separación de sus padres

 

Con el propósito de proteger los derechos de la niñez y garantizar su bienestar en el seno familiar, la Comisión de Justicia, que preside el diputado Guillermo Alaniz de León, aprobó el dictamen que contiene la iniciativa de reformas al artículo 146 del Código Penal del Estado de Aguascalientes, que plantearon las legisladores Paloma Amézquita Carreón y Guadalupe de Lira Beltrán, en representación del Grupo Parlamentario Mixto del PAN-PRD.

La modificación establece que quien ejerza la patria potestad, tutela, guarda o custodia del menor víctima, y al mismo tiempo disponga o utilice los bienes derivados de la pensión alimenticia para sí misma o para otro fin, será considerado delito penal.

De esta manera, esta omisión sería considerada en el catálogo de sanciones de la conducta de abuso de confianza, en el que se contemplan castigos que van de los 6 meses a 10 años de prisión, y de 5 a 200 días de multa económica, dependiendo del grado de afectación.

Alaniz de León indicó que esta reforma pretende salvaguardar el derecho de alimentación del menor que es víctima del divorcio o separación de sus padres.

El presidente de la Comisión de Justicia indicó que este dictamen se turnará a la Junta de Coordinación Política, órgano que deliberará su inclusión en el inventario de asuntos por desahogarse ante el Pleno Legislativo.

Se contó con la presencia de las diputadas Mónica Becerra Moreno y Érica Palomino Bernal, además del diputado Heder Guzmán Espejel, quienes fungen como vocales de la Comisión.

 

Congreso del Estado

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