Luego de que el fin de semana sobrara evidencia acerca de aglomeraciones en Aguascalientes sin respetar la sana distancia ni medidas sanitarias, como lo sucedido en el Centro Comercial Altaria, el gobierno estatal ha decidido que los indicadores sobre el COVID-19 exigen un cierre parcial de actividades.
Esto será más parecido a lo que vimos en abril y mayo, que esfuerzos recientes donde bares, antros, restaurantes y comercios parecían tener la vieja normalidad.
Así lo explica nuestro compañero Adrián Flores en su avance informativo desde la de prensa del gobernador Martín Orozco Sandoval:
- Será obligatorio el uso de cubrebocas en la vía pública, y se advierten sanciones para aquellos que desacaten.
- Se suspende el acceso a centros comerciales o negocios que brinden atención al público, gimnasios, foros, conferencias, actividades comunitarias con presencia de espectadores.
- Las medidas de prevención aplican en los once municipios a partir de su publicación en el Periódico Oficial, aclaró Martín Orozco Sandoval y estarán vigentes hasta el 30 de Noviembre.
- Importantísimo: No habrá bares ni antros, pero la venta de alcohol será restringida también en supermercados.
En resumen: si nos portamos mal, se seguirán renovando estas condiciones. Esto aplica del 17 de Noviembre y hasta el 30 Noviembre, hasta nuevo aviso.
El Buen Fin “fue la gota que derramó el vaso”, señaló Juan Manuel Flores Femat y por tanto, con el cierre de los centros comerciales, éste tendrá que forzarse a ser en línea. Incluso ofreció el ejemplo de la venta de vehículos, las cuales tendrán que agendarse de manera virtual para sólo acudir a recoger el automóvil.
Agregó que habrá reducción en las misas, bautizos, confirmaciones y primeras comuniones, pero no quedan canceladas. Sólo quedan prohibidas las vendimias afuera de los templos.
Más detalles
Se suspenderá lo siguiente hasta el día 30 de Noviembre en Aguascalientes, desde el 17 de Noviembre cuando se publique en el Periódico Oficial del Estado:
1. Comercios de cualquier índole con acceso al público.
2. Centros comerciales.
3. Venta de bebidas alcohólicas.
4. Espectáculos públicos.
5. Oficinas, sucursales o de representación comercial que brinden atención al público.
6. Gimnasios.
7. Actividades deportivas grupales.
8. Las ceremonias civiles, sociales o religiosas, en las que intervengan más de 15 personas.
9. Las reuniones y eventos sociales en la vía pública y en espacios como jardines, salones de fiestas o similares.
10. Eventos culturales, foros, conferencias, cursos, talleres, exposiciones, actividades comunitarias y presentaciones artísticas con presencia de espectadores.
11. Todos aquellos giros y actividades que en el uso de sus facultades legales, sean determinadas por las autoridades municipales.