Las magistraturas de los tribunales electorales del país se renuevan periódicamente, por lo que, cualquier ciudadano que en pleno ejercicio de sus derechos políticos aspire a conformar autoridades electorales, requiere sujetarse a la exigencia de distintas características como; honestidad, experiencia en la materia, conocimientos electorales y constitucionales bastos, imparcialidad, independencia y una trayectoria intachable en el ejercicio de su carrera jurídica.
Quienes posean estas herramientas y, además, estén convencidos de tener la vocación y pasión de desempeñar el servicio jurisdiccional electoral, deben contar con la convicción de luchar por la protección de la democracia, así como el ánimo de buscar su fortalecimiento mediante la salvaguarda de los derechos político electorales. No es una tarea sencilla, por el contrario, es una misión pesada y desgastante, pero que gratifica cuando se realiza entregándose al 100% a ella.
La cabal imparcialidad con la que deben ejecutar sus funciones implica un firme profesionalismo que, sin duda, culmina en la aplicación de la justicia que ha de equilibrar de manera absoluta el garantismo del pueblo, atendiéndolo de manera independiente a los intereses partidistas.
Ahora bien, considerando lo anterior, el objetivo final del magistrado en la materia, es el de otorgar certeza en la participación de las elecciones y de proteger la voluntad del pueblo a través de la aplicación y ejecución de las disposiciones normativas establecidas, así como con la emisión de los criterios novedosos.
Entonces, el nombramiento de un magistrado electoral debe recaer en personas con la capacidad técnica de contribuir con la justicia y democracia del estado, así como contar con el perfil adecuado, y no construirlo a partir de la designación del cargo.
Cabe destacar, que todas estas cualidades han sido cumplidas al pie de la letra por quienes al día de hoy ejecutan la labor de juzgadores en materia electoral en el estado, ya que los perfiles que conforman el Pleno del Tribunal Electoral, resultaron idóneos para el desempeño de sus labores.
El trabajo efectuado ha abonado a la justicia abierta, la que ha fortalecido a la democracia a través de los criterios emanados por este ente, procurando en todo momento la salvaguarda y garantía los derechos político electorales de la ciudadanía.
Tal situación puede corroborarse con el simple análisis estadístico de los fallos jurisdiccionales, cuando el 90% de los asuntos quedan firmes, y el 98% intocados al ser revisados por la autoridad superior inmediata, se dota de confianza plena a la ciudadanía en esa Institución electoral.
En ese sentido, el día de hoy mi estimado amigo Magistrado Jorge Díaz de León, culmina de la manera más exitosa posible una etapa del Tribunal, puesto que por la temporalidad de la que es objeto el cargo, ha concluido con sus funciones dentro del Tribunal Electoral, de quien podemos tener la seguridad que se va con la satisfacción y la convicción del deber cumplido.
A través de sus sentencias dejó un legado no solo para el órgano jurisdiccional, ni exclusivamente para la materia electoral, sino que su trabajo fue siempre en aras de tutelar la constitucionalidad de los procedimientos jurídico electorales, dejando marcada una pauta para los mecanismos en la entidad, con su característico estilo revestido de una alta clase y oratoria, compromiso y profesionalismo.
De esta manera, concluye de la mejor manera posible la primera etapa del organismo jurisdiccional local -pues recordemos que es de reciente creación- y que ahora, ha de continuar con la emisión de una convocatoria que emita el Senado de la República para la selección de una nueva magistratura, que obligatoriamente debe reunir todos y cada uno de los requisitos y cualidades precisadas en este artículo.
El magistrado saliente deja una vara muy alta, que será difícil de superar, pero sin duda, la designación de la nueva figura deberá ser un perfil técnico y capaz, que pondrá en marcha la ejecución de una correcta aplicación de justicia, así como la debida continuidad de los proyectos indispensables del organismo reconocido como constitucionalmente autónomo.
Gracias Magistrado, enhorabuena Tribunal.