Como ha sido mi interés a lo largo de diversos artículos que he tenido la fortuna de compartir, son múltiples las oportunidades que la transparencia tiene para emitir resoluciones, acciones, trabajo documental y académico, entre otros temas, en pro de las causas de la igualdad de género y los derechos humanos de las mujeres. Estoy plenamente convencida de que el ejercicio de los derechos humanos y la protección de datos personales, en el caso de las mujeres, representa una poderosa herramienta que abre las puertas a las posibilidades del eficaz ejercicio de otros derechos humanos, y en el caso concreto que les comento porque tuve la oportunidad de resolverlo, no es la excepción.
Llegó a mi ponencia en el Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes el recurso de revisión número 229/2020, cuya causa fue la solicitud de información pública hecha a la asociación denominada Vida Digna Ciudadana, consistente en: “el número de mujeres que han accedido un aborto debido a que fueron víctimas de una violación, así como el número de mujeres que han fallecido por complicaciones mientras se realizaba ya sea legal o clandestino y se especifique de ser posible cuantas murieron de abortos legales y cuantas, todo ello en el periodo que comprende el 1 de enero de 2010 al 1 de junio de 2020”.
La asociación en comento, si bien es un sujeto obligado en materia de transparencia, porque recibe recursos públicos, dentro de su objeto social no se encuentra ni los registros ni la operatividad y mucho menos la generación de estadísticas en materia de abortos en la entidad, por ese motivo su respuesta no fue a favor de la solicitud. Sin embargo, al momento de emitir resolución respectiva y con base en el principio pro persona y la tutela más amplia para la solicitante, mi proyecto fue a favor de vincular al Instituto de Servicios de Salud del Estado de Aguascalientes (Issea) dada su estructura y competencias.
Es por ello que, saliendo de los formalismos procesales, en la resolución del recurso se llevó a cabo dicha vinculación y ya durante la etapa de cumplimiento, el Issea (quien asumió conocimiento del asunto) en fecha primero de septiembre de este año, emitió un acuerdo en el cual informa que el número de mujeres víctimas de violación que accedieron a un aborto fue de una persona durante 2019 y una en 2020. En cuanto a muertes por abortos legales o clandestinos, manifestó contar con cero registros.
Este asunto es importante, atendiendo a lo siguiente: primeramente, porque si bien los recursos en materia de transparencia se rigen por lineamientos procesales y fijan de manera muy clara la litis en los procedimientos, ello no implica que tratándose de derechos humanos, como es el caso los derechos humanos y reproductivos de las mujeres, puede aplicarse el principio pro persona y la tutela más amplia, tan es así que en resolución se vinculó a diversa autoridad de la inicialmente recurrida, dada su competencia y facultades.
En segundo lugar, porque una herramienta accesible para la ciudadanía, como es la transparencia, se convierte en un poderoso aliado para el ejercicio de otros derechos humanos, en efecto, porque al contar con información sobre una problemática actual y sensible, en el caso el aborto en casos de violación y las muertes que acontecieron, permite elaborar estadísticas de género que sean la base para políticas o acciones en favor de la situación de las mujeres.
Los datos que tenemos en este caso son: dos mujeres abortaron de forma legal entre 2019 y 2020) a consecuencia de una violación; la cifra de muertes por aborto legal o clandestino, es cero. Ello nos abre la puerta a una realidad, consistente en que el aborto en tales circunstancias y la muerte de mujeres, es una problemática que se presenta con menor frecuencia, en comparación con otros temas, como es el caso de la violencia doméstica o el embarazo adolescente, según la información brindada por la dependencia informante.
No me cansaré de invitar a que se haga uso de la transparencia, ya que preguntar y que se nos responda por la autoridad, nos da conocimiento, nos empodera y nos permite usar la información oficial para los fines que nos convenga, y si como en el caso es generar estadísticas de género, mayor aún es plausible el uso de esta herramienta.