Negligente, la SCJN al no reconocer carácter vinculante de AVG afirman abogadas - LJA Aguascalientes
21/11/2024

  • Lo que hace que no funcionen en la prácticas las AVG son la simulación de actuaciones, abuso de poder, tráfico de influencia, corrupción, desviación de recursos, incompetencia de autoridades y grupos de choque

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación fue negligente al no reconocer el carácter vinculante de las Alertas de Violencia de Género (AVG) ni de los instrumentos internacionales que han emitido llamados que el Estado ha incumplido, señalaron abogadas expertas en los derechos de las mujeres.

El 29 de julio, las y los ministros de la Primera Sala desecharon un proyecto (Amparo en revisión 639/19) que planteaba la obligación del Congreso de Veracruz de despenalizar el aborto. Si bien se esperaba que la Corte votara a favor del derecho a decidir de las mujeres, el proyecto como estaba planteado desconocía explícitamente a las AVG y los instrumentos internacionales como un mecanismo vinculante particularmente para los congresos estatales.

 

Las AVG son vía para que México cumpla obligaciones internacionales

La integrante de la Red Nacional de Alertistas, Mayela Ruiz Madrazo, explicó este 3 de agosto al participar en la conferencia semanal de la plataforma feminista Nosotras Tenemos otros Datos, que las AVG son un mecanismo de garantía para ejercer la protección los Derechos Humanos y las obligaciones convencionales de los agentes estatales y no estatales establecidos en la norma nacional y la internacional.

En otras palabras, las Alertas darían cumplimiento a lo que distintos procesos internacionales y leyes nacionales –de cumplimiento obligatorio para México– exigen al Estado mexicano para prevenir y erradicar el feminicidio y otras formas de violencia contra las mujeres. “Las AVG son un mecanismo de actuación que busca cumplir con las obligaciones del Estado respecto a su derecho a una vida libre de violencia”, explicó Ruíz Madrazo.

La también maestra en Derecho recordó que el artículo primero de la Constitución mexicana reconoce la obligación del Estado mexicano de garantizar los Derechos Humanos establecidos en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. Asimismo, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) establece en su artículo 26, la obligación del Estado mexicano de erradicar la violencia contra las mujeres como se establece en estándares internacionales. 

En un comunicado que emitió la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2016 –un mecanismo internacional vinculante y de cumplimiento obligatorio al país–, insta a todos los Estados parte a intensificar, “en colaboración con la sociedad civil”, los esfuerzos para prevenir y erradicar los feminicidios mediante la aplicación de políticas holísticas integradas en protección, prevención y enjuiciamiento. 

Esto, dijo la abogada, constituyen precisamente los resolutivos por los que se conformaron las AVG, los cuales son medidas de seguridad, prevención, justicia y reparación, entre otras. “Acá tenemos una vinculación internacional a la que se debe dar seguimiento y no debe haber retrocesos”:  


El llamado de la Comisión fue reiterado en 2017, dado el aumento de la violencia contra las mujeres en la región de América Latina, donde México es el país que acumula 50 por ciento del total de asesinatos de mujeres. A este llamado se suman las recomendaciones que hizo la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer sobre las AVG y aborto, la Resolución 1/2018 de la CIDH sobre corrupción y Derechos Humanos, y la Resolución 1325 del Consejo de Seguridad de la ONU sobre la Mujer, la Paz y la Seguridad.

Todos estos son tratados vinculantes que México no ha cumplido, y para eso se crearon las AVG, sin importar que sean solicitadas por las organizaciones de la sociedad civil, toda vez que la personalidad jurídica de éstas está reconocida en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. 

La también solicitante de la AVG en Nayarit señaló que lo que hace que no funcionen en la prácticas las AVG son la simulación de actuaciones, abuso de poder, tráfico de influencia, corrupción, desviación de recursos, incompetencia de autoridades y grupos de choque. 

La abogada Andrea Medina –que contribuyó a la formulación de un amicus curiae para la Corte sobre el tema de Veracruz– saludó que tras el desecho del proyecto que preparó sobre el caso de Veracruz, la SCJN decidiera realizar y discutir un nuevo proyecto. 

“El reconocimiento pleno de las mujeres como sujetos de los derechos sigue estando a debate, al igual que los mecanismos que se han consolidado para garantizar que los derechos de las mujeres se respeten y las violaciones que se realicen no queden en la impunidad”, explicó la litigante en la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el llamado Caso Algodonero. 

Y agregó que la resolución que se formalice en los debates tendrá un impacto directo en la comprensión e interpretación de todos los Derechos Humanos, por lo que no sólo afectará a las mujeres sino que afecta la comprensión de lo humano frente a sistemas económicos y sociales que buscan fortalecer las opresiones en las que ya estamos inmersas. 

 

 

Angélica Jocelyn Soto Espinosa|Cimacnoticias

 


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