Los principios de transparencia, máxima publicidad en las sesiones de cabildo y cabildo abierto/ Recomendaciones del Sistema Estatal Anticorrupción - LJA Aguascalientes
22/11/2024

El combate a la corrupción está ligado al mejoramiento de la calidad de la democracia, ésta como forma de gobierno, desde sus orígenes en la Antigua Grecia ha evolucionado paulatinamente, al inicio, lo primordial era el diálogo entre ciudadanos en el Ágora, ahora, para tener una democracia de calidad no basta con el derecho al voto, se necesita un conjunto de derechos, principios y condiciones. 

En la actualidad con el surgimiento del Modelo de Gobierno Abierto, es indispensable fortalecer mecanismos de participación ciudadana y los principios de transparencia y máxima publicidad en el actuar de todo organismo gubernamental, incluidos los ayuntamientos, los cuales tienen dos pendientes: eliminar sesiones secretas de cabildo y promover sesiones de cabildo abierto apegadas a la normatividad aplicable; porque si no atentan contra una máxima de la democracia: conocer y participar de los asuntos públicos. 

El artículo 6º constitucional apartado A fracción I, ordena que toda información en posesión de cualquier ente público, es pública y solamente podrá ser reservada temporalmente, por razones de interés público y seguridad nacional, en términos que fijen las leyes, prevaleciendo el principio de máxima publicidad.

Los ayuntamientos tienen que contemplar lo previsto en el artículo 17, apartado C, inciso f) de la Constitución local, que reconoce el derecho del ciudadano a incidir en las decisiones públicas y en el control de la función pública, es decir, se reconoce una democracia directa y participativa, igualmente se establece al cabildo abierto como instrumento que permite al ciudadano participar directamente ante los ayuntamientos, exponiendo problemáticas sobre temas específicos, este instrumento se regula en los artículos 73 a 81 de la Ley de Participación Ciudadana Local. 

En este caso el “deber ser”, el ideal, es la normatividad antes mencionada, no obstante, a pesar de estas previsiones, la Ley Municipal y algunas reglamentaciones municipales prevén existencia de sesiones secretas, obstruyendo el principio de máxima publicidad (información pública, completa y accesible), asimismo los ayuntamientos tampoco han ajustado su funcionamiento a lo establecido en la Ley de Participación Ciudadana en materia de cabildo abierto, de acuerdo con esta ley las sesiones de cabildo abierto deben realizarse en una sesión ordinaria en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre, y los municipios deben publicar una convocatoria en sus respectivos portales de internet, gaceta municipal o en los estrados de las oficinas del propio ayuntamiento; además, establece que para participar en el cabildo abierto se debe registrar una solicitud ante las mesas receptoras instaladas previo al ejercicio, siendo decisión de la autoridad la notificación del día y la hora en la que se llevará a cabo. 

En consecuencia, es prioridad suprimir del orden jurídico local las sesiones secretas que vulneran los principios de transparencia y máxima publicidad, y generan reservas indebidas de información. A continuación, se presenta una tabla con las disposiciones que, al menos hasta 2019, estipulaban la posibilidad de celebrar sesiones secretas de Cabildo: 

 

Sesiones secretas de Cabildo
Municipio Artículo del Código Municipal
Aguascalientes Art. 25º
Asientos Artículos 95º, fracciones I inciso b) y II, 111º y 112º
Calvillo Artículos 146º, 147º, 148º, 149º y 154º
Cosío No se ubicó disposición reglamentaria
El Llano Artículos 84º fracción IV, 103º y 104º
Jesús María En el Reglamento interior del H. Cabildo, Artículos 23º fracción V, 31º, 32º, 35º y 95º
Pabellón de Arteaga Artículos 70º, 72º y 77º
Rincón de Romos Artículos 73 fracciones I y III, 90º y 91º
San José de Gracia Artículos 51º
San Francisco de los Romo Artículos 25º y 30º
Tepezalá Artículos 95 fracciones I, III y IV, 100º, 111º y 112º

Fuente: Segundo Informe Anual del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, consultable en https://bit.ly/2DckT8B 

 


Con respecto al cabildo abierto, la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción (Sesea) consultó a los municipios sobre la celebración de sesiones con este instrumento durante los años 2018 y 2019, se obtuvieron los siguientes datos:

 

Cabildo Abierto
Municipio Sesiones celebradas y proyectadas
Aguascalientes Sin información
Asientos No reportó
Calvillo No reportó
Cosío Sin información
El Llano No reportó
Jesús María Reportó durante 2018 tres sesiones, y durante 2019 tres sesiones, y una pendiente para el resto del año.
Pabellón de Arteaga Sin información
Rincón de Romos Reportó diversas sesiones sin especificar tipo.
San José de Gracia Reportó una sesión en 2018 y una en 2019. No informa si tiene más sesiones proyectadas para el resto de 2019.
San Francisco de los Romo No reportó
Tepezalá No reportó

Fuente: Segundo Informe Anual del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, consultable en: https://bit.ly/2CTdqvd 

 

Del análisis de ambos elementos (sesiones secretas y cabildo abierto) el Comité Coordinador de la Sesea emitió la Recomendación REC-CC-SESEA-2019.07 en diciembre de 2019, para garantizar que las sesiones de cabildo se apeguen a los principios de transparencia y máxima publicidad, y se atienda a lo previsto en la Ley de Participación Ciudadana Local.

Tras la recomendación, la respuesta de los municipios fue la siguiente:

*El Llano y Tepezalá: no hicieron manifestación.

*Aguascalientes: aceptó la recomendación más no informó acciones concretas que se tomarán para darle cumplimiento.

*Asientos, Calvillo, Cosío, Jesús María, Pabellón de Arteaga, Rincón de Romos y San Francisco de los Romo: manifestaron analizar la normativa y hacer reformas.

*San José de Gracia: manifestó que el 4 de febrero de 2020 realizaron reformas que no han sido publicadas en el POE; con su publicación se atenderá la recomendación. 

Sólo queda pendiente la recepción de informes a la Sesea cuando estén realizadas las reformas, para cumplir con la recomendación, eliminar las sesiones secretas y fortalecer el cabildo abierto, y con ello, acercarnos más al ideal que llamamos democracia participativa. 

 

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