Si miras cualquier tipo de organización moderna y piensas ‘¿Cuál es el instrumento de poder más potente?’, verás que es la información.
Ricardo Semler, empresario
Estimados Amigos Invisibles, el pasado 8 de mayo se cumplieron 3 años de haberse publicado en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción –LSEA- en nuestro estado, que dentro de sus objetivos son entre otros:
*“Establecer las bases mínimas para la emisión de políticas públicas integrales en la prevención y combate a la corrupción y faltas administrativas, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos” (fracción III, del artículo 2 de la LSEA).
*“Establecer las bases y políticas para la promoción, fomento y difusión de cultura de integridad en el servicio público, así como de la rendición de cuentas, de la transparencia, de la fiscalización y del control de los recursos públicos” (fracción VII, del artículo 2 de la Ley en comento).
Espero no haya perdido de vista el avance –muy poco, pero al fin avance– del proceso para instaurar este Sistema Estatal Anticorrupción –SEA– en el cual se armonizó la legislación local con la Federal, a fin de crear los órganos que integrarían este sistema, entre los que se encuentran:
*Un Comité Coordinador
*Una Secretaría Ejecutiva, incluyendo el nombramiento del Secretario Técnico
*Un Comité de Participación Ciudadana (5 integrantes)
*Un Comité Rector del Sistema de Fisalización
*Una Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana (9 integrantes)
Como Usted sabe –écheles una lectura a las columnas de https://www.lja.mx/?s=Arcana+Imperii- que desde su inicio comencé a señalar lo bueno, lo malo y lo feo del SEA– la estructura del SEA era clara e innovadora, su lógica -debió, debe y deberá- salvaguardar el componente de participación ciudadana que le debe otorgar equilibrio y horizontalidad a las medidas, mecanismos y acciones que dan vida a este sistema.
Desde la integración de la Comisión de Selección (CS), cuya facultad principal fue la de designar a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana (CPC), desde su inicio estuvo plagado de errores solo por elegir cuates y cuotas, en sus ejercicio de designación a lo largo de estos tres años, designó a 9 Comisionad@s de los cuales renunciaron 2 antes de tomar la batuta de la Presidencia del CPC, es decir, han sido presidentes del órgano 6 comisionados unos la ocuparon en suplencia mientras definían al Presidente en turno.
A lo largo de estos tres años el SEA no ha tenido el avance que se esperaba, tal vez por el poco conocimiento del tema de combate a la corrupción de la mayoría de los integrantes del CPC, porque le digo esto, por un lado, la semana pasada un medio de comunicación y un abogado reconocido en nuestro Estado, señalaron que: “El SEA esta reprobado” por los resultados que han dado, en particular por la Fiscalía Anticorrupción, otra instancia en la que se tuvo mucha expectativa por su trabajo y dejó mucho que desear. Por el otro, el nulo avance de la Plataforma Digital Estatal la cual estar conformada -al menos en el papel- por 6 sistemas de los cuales deberían estar funcionando por menos 3 sistemas: Sistema de información de evolución patrimonial, declaración de intereses y constancia de presentación de declaración fiscal -este tema si es que lo suelta la Contraloría del Estado-; Sistema de información de servidores públicos y particulares sancionados, y el Sistema de información de denuncias públicas de faltas administrativas y hechos de corrupción.
En tanto, la Secretaría Ejecutiva, en particular el Secretario Técnico del SEA se ha visto envuelto en conflicto de intereses por se miembro del Consejo de la Judicatura Estatal desde su nombramiento, mismo que designó el CPC a mediados del 2018. Los trabajos destacados por la Secretaría Ejecutiva han sido, por un lado, que los entes públicos hayan aprobado y publicado el Código de Ética –más allá de su cumplimiento o no– y el Código de Conducta en algunas no en todas las instituciones. Por otro lado, la emisión de Recomendaciones a los entes públicos, que a diferencia de la implementación de los Códigos en los cuales implementaron un semáforo de cumplimiento, en donde utilizan los tres colores –aquí no se inventaron el semáforo de Lopez-Gatell–, en las recomendaciones no utilizaron semáforo como tal, creo yo para no exhibir algunos entes públicos , los cuales cumplieron a medias o no cumplieron a cabalidad dichas recomendaciones que de paso hay que señalar NO son vinculantes, es decir, son como las llamadas a misa, el que va, va y el que no, se queda en su casa –y no precisamente por el Covid-19–.
Ahora bien, del Sistema Estatal de Fiscalización ni pregunte, con eso de que apenas el Congreso del Estado designará al titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado –esperemos que esta vez la o el ciudadano no renuncie y termine el encargo para el cual será designado–, no se ha visto avance en el sistema electrónico que permita la cobertura e impacto de la fiscalización de los recursos locales y municipales, tampoco -que yo sepa- se ha instalado como tal, es decir, debe conformarse por los titulares del Osfags, la Contraloría del Estado y las Contralorías Municipales, y en caso de haberse instalado como tal, no conozco algún plan de trabajo para llevar las acciones necesarias y dar cumplimiento con Título Tercero de la LSEA.
Lo impostergable que deberá hacer el SEA:
*Poner en marcha la Plataforma Digital Estatal -aunque sea 1 sistema, el que sea-,
*Dar a conocer los avances de trabajo del Sistema Estatal de Fiscalización y su participación en el Sistema Nacional de Fiscalización,
*Proyectos de coordinación interinstitucional e intergubernamental en materia de fiscalización y control de recursos,
*Emitir exhortos públicos cuando algún hecho de corrupción requiera aclaración pública -y vaya que hay tela de donde cortar-.
Los interesados en este tema deberemos estar atentos al trabajo que realice el SEA para que logre su objetivo principal para el que fue creado: el combate a la corrupción -lea la columna Tipología de la Corrupción- y no en elevar el nivel de impunidad, que de pasó le doy a conocer que este concepto se define como “la cualidad de dejar una culpa o exceso sin el merecido castigo. La palabra proviene del latín impunitas que quiere decir, literalmente, “sin castigo”. Por ello, se tiende que la impunidad es la condición que permite que sean cometidos delitos sin que las personas responsables paguen las consecuencias”.
Es más, el análisis del trabajo realizado hasta hoy, que las perspectivas y las expectativas que debamos generar los ciudadanos de Aguascalientes, salvo que en realidad exista voluntad política para llevarlo a cabo.
Ya sabe, alguien lo tiene que decir. Y no dejar que unos lo hagan y los demás lo permitamos.
@chazito14