- Recomienda titular del Issea que en caso de violencia durante la pandemia la víctima se aleje de la zona de la cocina, baños o de lugares donde haya objetos peligrosos
- Se proporciona la información acerca de temas relacionados con la igualdad y equidad de género con sondeos para detectar hostigamiento y acoso sexual
La contingencia por Covid-19 mostró la importancia de establecer estrategias efectivas para las mujeres en materia de salud, con la incorporación de la perspectiva de género en la prevención de violencia de género en la población, que impulsaría el bienestar físico, síquico y social de las mujeres, así como la mejora de las prácticas médicas y la atención a sus necesidades de salud.
El Instituto de Salud del Estado de Aguascalientes (Issea) tiene como programas exclusivos de atención a mujeres el de Cáncer de la mujer y Salud Materna. El resto de programas atiende de manera igualitaria a hombres y mujeres, según la respuesta a LJA.MX del instituto. Ante la pregunta sobre la manera de plantear la perspectiva de género en el Instituto, la respuesta fue “Con la transversalización de los temas en Género además de promover, capacitar y tener unidades que atiendan con P. G.”. En el caso de las áreas específicas que se destinan para la atención de mujeres víctimas de violencia de género, el Issea respondió que cuenta con 3 centros de salud, Jesús María, Arboledas y Puertecito de la Virgen, y 3 hospitales, el Miguel Hidalgo, el Tercer Milenio y el de la Mujer, con atención especializada a la violencia y aseguró que en todas las unidades de primer y segundo nivel hay personal capacitado en la NOM-046, que consiste en la interrupción del embarazo producto de violación. Sin embargo, apenas en septiembre del año pasado, 2019, fue negado este servicio a una menor. También el Issea asegura que para la atención integral de casos de violación se cuenta con abasto de insumos en todos los hospitales.
En el caso de la promoción de la igualdad y equidad, la respuesta del Issea fue que se proporciona la información acerca de temas relacionados con la igualdad y equidad de género, sondeando las áreas para detectar hostigamiento y acoso sexual; así como la capacitación y sensibilización a personal directivo y personal de salud, y con la elaboración de material promocional que contenga lenguaje incluyente. La Secretaría de Salud establece que el personal de enfermería, médicos, especialistas deben estar capacitados para detectar violencias en mujeres e hijos; la Organización Mundial de la Salud sugiere que realicen visitas a domicilio en casos judicializados para hacer revisiones de sus estados físicos y mentales.
Sobre la forma en que el Issea se involucra en el tema y recopila datos sobre las necesidades en salud de las mujeres, dice textual su respuesta: “Podría ser mediante los buzones existentes en cada unidad, así como por medio de las necesidades detectadas por el personal de salud, además de la atención de la plataforma de transparencia, así como mediante los análisis de todos los programas de atención y el número de atenciones proporcionadas”.
Un boletín del 27 de marzo del instituto, advierte sobre un posible aumento en el número de casos de mujeres violentadas dentro del hogar en la contingencia sanitaria, ante la situación de violencia de género que se vive en el país. En el comunicado se lee que la responsable estatal del Programa de Prevención y Atención de la Violencia Familiar y de Género del Issea, María Eugenia Zarazúa Rosales, afirmó que es necesario tomar seguir las sugerencias de las autoridades para prevenir la violencia y agresiones, y se detalla que en coordinación con el Instituto Aguascalentense de las Mujeres (IAM), se diseñó una estrategia para prevenir la violencia de género durante la contingencia y emitió una serie de recomendaciones: 1) se debe pedir apoyo de manera oportuna si hay antecedentes de violencia intrafamiliar, además se deben crear vínculos solidarios de apoyo por redes sociales con tres personas de su total confianza, para en caso de estar en riesgo puedan comunicarse al instante y solicitar la intervención de la policía, 2) en caso de sufrir alguna agresión o evento violento, es indispensable que la víctima se aleje de la zona de la cocina, baños o de lugares donde haya objetos peligrosos; 3) Zarazúa Rosales invitó a las mujeres víctimas de violencia en el hogar a buscar apoyo en la primera oportunidad y denunciar la agresión; recomendó tener preparado un bolso discreto con documentos, dinero, medicamentos y aquellos objetos que consideren importantes por si necesitan huir de casa o están en peligro. El boletín concluye con la difusión de las líneas telefónicas de ayuda para “brindar contención emocional y asesoría a quienes vivan situaciones de violencia severa o sexual”.
Es conocido por esta redacción el Taller de Relaciones Saludable del Issea y que brinda servicios a hombres y mujeres para establecer dinámicas plenas de convivencia, un esfuerzo importantísimo de un pequeño grupo, que por desgracia, tiene un alcance y difusión mínima en el estado. Durante esta pandemia, el taller proporciona sesiones de contención y descarga emocional dirigido a personal del Issea.
La Sección Sexta de la Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia refiere a la Secretaría de Salud, que en el artículo 46 señala: Corresponde a la Secretaría de Salud: I. En el marco de la política de salud integral de las mujeres, diseñar con perspectiva de género, la política de prevención, atención y erradicación de la violencia en su contra; II. Brindar por medio de las instituciones del sector salud de manera integral e interdisciplinaria atención médica y psicológica con perspectiva de género a las víctimas; III. Crear programas de capacitación para el personal del sector salud, respecto de la violencia contra las mujeres y se garanticen la atención a las víctimas y la aplicación de las normas oficiales mexicanas vigentes en la materia; IV. Establecer programas y servicios profesionales y eficaces, con horario de veinticuatro horas en las dependencias públicas relacionadas con la atención de la violencia contra las mujeres; V. Brindar servicios reeducativos integrales a las víctimas y a los agresores, a fin de que logren estar en condiciones de participar plenamente en la vida pública, social y privada; VI. Difundir en las instituciones del sector salud, material referente a la prevención y atención de la violencia contra las mujeres; VII. Canalizar a las víctimas a las instituciones que prestan atención y protección a las mujeres; VIII. Mejorar la calidad de la atención, que se preste a las mujeres víctimas; IX. Participar activamente, en la ejecución del Programa, en el diseño de nuevos modelos de prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres, en colaboración con las demás autoridades encargadas de la aplicación de la presente ley; X. Asegurar que en la prestación de los servicios del sector salud sean respetados los derechos humanos de las mujeres; XI. Capacitar al personal del sector salud, con la finalidad de que detecten la violencia contra las mujeres; XII. Apoyar a las autoridades encargadas de efectuar investigaciones en materia de violencia contra las mujeres, proporcionando la siguiente información: a) La relativa al número de víctimas que se atiendan en los centros y servicios hospitalarios; b) La referente a las situaciones de violencia que sufren las mujeres; c) El tipo de violencia por la cual se atendió a la víctima; d) Los efectos causados por la violencia en las mujeres, y e) Los recursos erogados en la atención de las víctimas. XIII. Celebrar convenios de cooperación, coordinación y concertación en la materia, y XIV. Las demás previstas para el cumplimiento de la presente ley.