- Amnistía Internacional en 2016 analizó las historias de 100 mujeres que denunciaron tortura y otras formas de violencia durante su arresto e interrogatorio a manos de estos cuerpos policiales
- En julio de 2019 CNDH promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuatro acciones de inconstitucionalidad respecto de la ley de la Guardia Nacional; sobre el Uso de la Fuerza; del Registro de Detenciones; y del Sistema Nacional de Seguridad Pública
A partir de hoy martes 12 de mayo y hasta 2024, las fuerzas armadas de México tendrán la facultad de realizar tareas de seguridad pública como operativos con autoridades civiles para detener personas, asegurar bienes y realizar labores de vigilancia.
Este lunes, la Presidencia de la República publicó el acuerdo en el Diario Oficial de la Federación a pesar de que organismos internacionales y agrupaciones civiles han documentado el aumento de violaciones a Derechos Humanos de las mujeres cuando soldados y marinos salen de los cuartes para realizar tareas de seguridad pública.
La abogada del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), Melissa Zamora Vieyra, expuso en entrevista que este acuerdo es consecuencia de la reforma constitucional de 2019, que dio origen a la Ley de la Guardia Nacional; y aunque es legal, dijo, es necesario que la Ley sea examinada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
¿Militarización del país?
El acuerdo, firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, ordena a las fuerzas armadas participar en tareas de seguridad pública, de manera extraordinaria, hasta que la Guardia Nacional, institución policial creada por ley en mayo de 2019, desarrolle su estructura, como se planteó desde su creación.
El documento indica que la actuación del Ejército será de forma “regulada, fiscalizada y subordinada”, pero remite a algunas disposiciones del artículo 9 de la Guardia Nacional, como permitir que soldados prevengan delitos, realicen operativos, detengan personas, aseguren bienes y realicen tareas de vigilancia y control migratorio.
Atribuciones de las fuerzas armadas
*Prevenir delitos y faltas administrativas
*Garantizar, mantener y restablecer el orden en zonas fronterizas, centros de supervisión y control migratorio y carreteras federales
*Detener personas y asegurar bienes relacionados con hechos delictivos
*Realizar labores de vigilancia
*Realizar operativos conjuntos con autoridades federales, locales o municipales
*Colaborar, a solicitud de las autoridades competentes, con los servicios de protección civil en casos de calamidades, situaciones de alto riesgo o desastres por causas naturales
La abogada Zamora Vieyra señaló que el acuerdo no tiene un contenido novedoso, sólo reitera el régimen de militarización de la seguridad pública que fue avalado por el Congreso de la Unión el año pasado. En 2019, recordó, la sociedad civil ya advertía que estas normas tendrían consecuencias terribles porque lejos de reducir el índice de violencia y criminalidad, aumentarían las violaciones a Derechos Humanos.
Ejemplos de los delitos que ha cometido el Ejército en contra de la población son los casos que han llegado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH): uno por la desaparición forzada de un líder ocurrida en 1974; dos por la violación sexual de dos mujeres indígenas en 2002; uno por detención arbitraria y tortura de dos campesinos en 1999 y otro más por la privación de la libertad de tres personas (dos mujeres y un hombre) en 2009.
Aunque no hay una cifra de cuántas mujeres y niñas han sido víctimas de violencia, tortura, violación sexual, feminicidio, desaparición y otros delitos, cometidos por las fuerzas armadas, diagnósticos de organizaciones civiles como Amnistía Internacional, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos o el Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, de Chihuahua, señalan que desde 2006 se incrementaron estos crímenes.
Los distintos informes aseguran que durante la administración del entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa, se “militarizó la seguridad pública” como estrategia para detener la delincuencia organizada y el narcotráfico. Incluso el informe 2020 de la organización internacional Human Rights Watch indica que entre diciembre de 2012 y enero de 2018, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) recibió más de 4 mil 600 quejas por presuntos abusos militares.
Otra consecuencia de la militarización en la vida de las mujeres es la detención arbitraria y sin orden judicial y tortura sexual para que se declaren culpables de cualquier delito que se les impute. Por ejemplo, el informe “Sobrevivir a la muerte. Tortura de mujeres por policías y Fuerzas Armadas en México”, elaborado por Amnistía Internacional en 2016, analizó las historias de 100 mujeres que denunciaron tortura y otras formas de violencia durante su arresto e interrogatorio a manos de estos cuerpos policiales.
La abogada del Centro Prodh, organización que ha litigado casos de mujeres víctimas de las fuerzas armadas, explicó que muchas violaciones a Derechos Humanos siguen en la impunidad. Agregó que la situación histórica de violencia y discriminación contra las mujeres se agrava en contextos de militarización, como se evidenció durante los sexenios pasados, donde la sociedad civil documentó casos de violencia contra las mujeres, cometida por soldados.
En el caso de la tortura, mencionó Zamora Vieyra, hay sexualización cuando se trata de víctimas mujeres. Además, recalcó que hoy en día hay mujeres encarceladas después de ser torturadas y sometidas a procesos irregularidades. Es por esta razón que debe existir un mecanismo de supervisión de la Guardia Nacional, pero hasta hoy no se tiene claro cómo sería, dijo.
Mando civil, cuerpo militar
En julio de 2019 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), quien hasta el cierre de esta edición no se ha pronunciado, promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuatro acciones de inconstitucionalidad respecto de la ley de la Guardia Nacional; sobre el Uso de la Fuerza; del Registro de Detenciones; y del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Considerando este antecedente y que el acuerdo publicado este lunes 11 es un derivado de la reforma constitucional y las leyes secundarias en materia de Guardia Nacional, Melissa Zamora mencionó que se espera que la SCJN revise estas impugnaciones para tener claridad de la constitucionalidad del modelo de seguridad a seguir.
El documento del Diario Oficial de la Federación señala que las actuaciones de las fuerzas armadas serán fiscalizadas y subordinadas; sin embargo, la abogada señala que la frase es muy ambigua y queda abierta a interpretaciones sobre quién o quiénes serás las autoridades encargadas de este tema.
Hasta ahora, el acuerdo dice que cualquier imprevisto relacionado con las fuerzas armadas será supervisado y atendido por los órganos de control de la Secretaría de Marina y de la Secretaría de la Defensa Nacional, aun cuando las agrupaciones civiles han señalado que estos órganos tienden a cubrir actos de violaciones a Derechos Humanos y de corrupción.
Por ley, el mando de la Guardia Nacional es civil pero su cuerpo es militar, porque se integrará por integrantes de la Policía Federal, Naval y Militar, por lo que esto, sumado a que hay las fuerzas armadas realizarán tareas de seguridad, el Centro Prodh hizo un llamado para que las acciones que se implementen se den en un marco del respeto a los Derechos Humanos.
Anayeli García Martínez|Cimacnoticias