- Ejecutivo federal tiene la facultad constitucional de indultar delitos federales
- Se corre el riesgo de que pierda credibilidad el Estado de Derecho
Para Juan Fernando Amador Macías, presidente del Colegio de Abogados de Aguascalientes, la Ley de Amnistía recién aprobada en la Cámara de Diputados, tiene más tintes políticos que legales, pues el presidente del país cuenta con facultades constitucionales para indultar a reos sentenciados por delitos de competencia federal.
El representante de los abogados organizados consideró que está legislación corre el riesgo de que pierda credibilidad el Estado de Derecho, al ser además evidente que el Ejecutivo Federal no quiere cargar con esa responsabilidad de liberar presos, aunque ya está en la Constitución.
Recordó que el artículo 89 de la Constitución Mexicana señala las facultades y obligaciones del presidente y son las siguiente: “Fracción 14ª, dentro de estas facultades le dicen al presidente conceder conforme a las leyes indultos a los reos sentenciados por delitos de competencia de los tribunales federales”.
“Si ya te lo están facultando, lo único que no quiere es aparecer como que él otorgó los indultos y para eso se está generando una ley donde se lavan las manos y te dice, que es la ley la que otorgó el beneficio, cuando para esta fracción del artículo 89 de la Constitución se debe dar seguimiento en la Secretaría de Gobernación para estudiar el caso de cada reo para ver si amerita o no el indulto”.
El abogado aseguró que esta ley que es muy genérica y está facultada para que en forma tácita, todo tipo de delincuentes pida la amnistía.
Apuntó que la Ley de Amnistía va dirigido porque el Ejecutivo trae resentimiento con mucha gente que contaba con él y por razones políticas hicieron cosas que tuvieron que ser recluidos por las faltas cometidas o infracciones a las propias leyes, “de esa forma él – el presidente del país- quiere justificar eso que en un momento dado saber, que había muchos reos que estaban injustificadamente en la cárcel”.
Amador Macías externó que el beneficio aplicaría inclusive a las “abortistas”, pues en la Ley General de Salud se considera el aborto como un delito en algunos estados ya hay excepciones. Lo mismo que queda la cuestión de dejar en libertad a quienes estuvieron envenenando a la gente, al referirse a los narcomenudistas.
Para el abogado, sobre que la Ley de Amnistía será un acto de justicia para quienes están encarcelados víctimas de su pobreza, consideró que la ley es de orden general, para ricos y pobres: “Cada quien tiene la libertad de elegir la forma en que se ganará la vida, nadie te pone una pistola en la cabeza y si es así, se denuncia a tribunales de otra forma se puede ser exculpado para que la Ley se haga justicia”.
Dicha ley ya aprobada por los diputados federales, ordena la liberación de las personas que se encuentren en alguno de los siguientes casos, siempre y cuando no hayan cometido ningún delito violento o con arma de fuego, y no sean reincidentes: mujeres que hayan abortado y el personal médico o familiares que las hubieren asistido. Personas que hayan cometido “narcomenudeo”, en casos específicos. Pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas, en ciertas circunstancias y personas que hayan cometido robo simple y sin violencia. Quienes hayan cometido el delito sedición, lo que implica resistencia o ataques a la autoridad para impedir el libre ejercicio de sus funciones.