- En el 2016 la SCJN emitió una jurisprudencia que ofrece un mecanismo para juzgar adecuadamente con perspectiva de género, dicho dictamen es obligatorio para los órganos procuradores de justicia pero no lo están aplicando
- Necesario, impulsar partidas presupuestarias y normativas que puedan edificar una fiscalía especializada en feminicidio
La tipificación del feminicidio como tal sigue siendo un bache en el camino para desarrollar una justicia penal que tenga como base la perspectiva de género. Andrea Medina Rosas, abogada defensora de los derechos de las mujeres, señaló que uno de los frenos más importantes en este tema es que no se ha hecho la capacitación adecuada para entender la discriminación, si no se comprende qué es la discriminación, no se puede entender el tipo penal de feminicidio.
“Entonces, a pesar de que se dieron los elementos, obvios, concretos, si hay violencia sexual, si se expone el cuerpo, si hay lesiones infamantes, etc., a pesar de eso, que es tan claro y directo; puesto que no están formados para entender la discriminación dicen ‘esto es muy difícil’. No es muy difícil, es clarísimo si uno tiene la capacitación para ello”, explicó la maestra que participó en el equipo jurídico de las organizaciones representantes en el Caso González y otras vs. México, ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyo resultado fue la sentencia difundida.
En entrevista para LJA.MX, Andrea Medina Rosas, indicó que es necesario impulsar la figura de las fiscalías especializadas en materia de feminicidio; así como existen fiscalías especializadas en el combate a la corrupción o en secuestro “es muy importante que haya fiscalías que tengan el personal capacitado para ello. Entonces, justo en esta misma pregunta ¿qué falta para que lo comprendan? Pues especialización. Claro, tenemos que garantizar estructuralmente también esa especialización”.
Además de impulsar desde la educación la perspectiva de género y normatividades actualizadas, urgen partidas presupuestarias para poder edificar una fiscalía de feminicidios, sin embargo, el problema monetario también se vuelve un impedimento, puesto que los gobiernos, cuando apuestan por la creación de una institución investigativa especializada, no le invierten el dinero necesario. Dicho sea el caso de las fiscalías anticorrupción, que en algunas entidades carecen de personal y de capital, lo que se traduce a un trabajo poco eficiente.
Tras cuestionarle si la relación entre los homicidios dolosos cometidos hacia mujeres con agravantes de género dista de los que realmente se tipifican como feminicidio, respondió que sí, que la variación sí es notable y que se debe a un déficit de capacidades institucional. Esa variación depende de aquellos que procuran y administran la justicia y está directamente relacionada con la falta de capacitación en perspectiva de género y discriminación; explicó que en muchas ocasiones se comenten tentativas de feminicidios y sólo son tipificados como lesiones dolosas, lo cual termina vulnerando la protección de las mujeres.
“Sin duda, todo feminicidio es un homicidio doloso. El tema que ahí hay que asegurar, es identificar esas causas, o consecuencias, que sostiene la discriminación contra las mujeres en esa privación de la vida”, subrayó Medina Rosas.
Para llegar a la justicia con perspectiva de género, ya se pueden usar algunos recursos que están siendo olvidados; en el 2016 la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) emitió una jurisprudencia, que por tanto es obligatoria para todo órgano jurisdiccional, en donde se establecen seis pasos que integran una metodología específica de lo que implica juzgar con perspectiva de género. “Eso es lo que hay que hacer, conocer esa jurisprudencia y aplicarla”, concluyó.
En tanto las autoridades procuradoras de justicia sigan evadiendo estos mecanismos que ya son obligatorios, el sistema de justicia no tendrá avances por el respeto y la protección de las mujeres, es por ello que se debe exigir su aplicación.